Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

GENERAL USCÁTEGUI
El general (r) José Jaime Uscátegui.
Colprensa

La Corte Constitucional le dio un "no" rotundo al general en retiro Jaime Humberto Uscátegui quien por medio de una acción de tutela buscaba que se le permitiera ejercer su derecho al voto.

En la acción judicial, el excomandante de la VII Brigada del Ejército Nacional, pedía proteger su derecho a la igualdad, por lo que le pedía a la Corte tomar las medidas de fondo frente a la Registraduría Nacional del Estado Civil para poder inscribir su cédula para participar en los comicios. 

Lea además: JEP abrió incidente de verificación de incumplimiento contra 'Jesús Santrich'

El general (r) Uscátegui recuperó su libertad después de someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), manifestaba que se le tenían que regresar sus derechos políticos.

En su argumentación sostuvo que los integrantes de la guerrilla de las Farc que firmaron el acuerdo final de paz con el Gobierno recibieron beneficios tales como la suspensión de las condenas penales y las inhabilidades para ejercer cargos públicos.  

Mientras que a los miembros de la Fuerza Pública que firmaron el acta de sometimiento ante esa justicia especial siguen con las mismas prohibiciones para ejercer el derecho al voto, elegir o ser elegidos, y participar en todos los procesos democráticos.

Lea además: JEP abrió incidente de verificación de incumplimiento contra 'Jesús Santrich'

En el debate jurídico, la Corte consideró que la acción de tutela era improcedente. El alto tribunal manifestó que la inhabilidad por 10 años para ejercer funciones públicas fijada en la condena en su contra por la Masacre de Mapiripán sigue en firme. 

“El reconocimiento del beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada al señor Jaime Humberto Uscátegui Ramírez, no tiene la virtualidad de afectar las penas principales ni accesorias que se hayan decretado por la justicia penal ordinaria, debido a que aquellas serán objeto de escrutinio en el marco de los procedimientos específicos previstos por las autoridades competentes de la justicia transicional”, precisa uno de los apartes de la decisión. 

El excomandante de la Brigada VII del Ejército fue condenado por la Sala de Casación Penal a 37 años de prisión por su participación en los hechos que rodearon la masacre de Mapiripán (Meta), ejecutada por grupos paramilitares entre los días 15 y 20 de julio de 1997. 

Lea también: ¿Avalancha de congresistas impedidos para votar ‘Ley Andrés Felipe Arias’?

Para la Corte Constitucional, el general en retiro debe presentar su solicitud de restablecimiento de derechos políticos ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP.

"Entendiendo que existen otros mecanismos que son considerados aptos para ventilar la controversia aquí planteada (...)  esta Sala de Revisión considera que no es el recurso de amparo constitucional el escenario adecuado para el estudio de fondo del problema jurídico planteado por el señor Jaime Humberto Uscátegui Ramírez", precisó el alto tribunal. 

Fuente

RCN Radio

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.