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La advertencia la realizó la Procuraduría General de la Nación, vinculando a cada ente territorial con las Secretarías de Salud.

La FM

La Corte Constitucional avanza en el estudio de la demanda contra el nuevo Código Disciplinario que le dio facultades de juez a la Procuraduría para poder investigar y sancionar a funcionarios de elección popular.

Ese código se creó a raíz del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó a Colombia por la sanción disciplinaria contra el entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, emitida en el 2013. 

En un concepto conjunto, la Presidencia y los ministerios de Justicia y del Interior le dijeron a la Corte que el código no es contrario a la Constitución y que las facultades de juez de la Procuraduría son legítimas.

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“El reconocimiento de las facultades jurisdiccionales, permiten afirmar que, el proceso disciplinario esta dotado de las mismas garantías del proceso penal, mediante la defensa del principio acusatorio, la doble instancia y el principio de conformidad”, se lee en el documento.

Para el Gobierno, “no resulta ni razonable, ni adecuado, ni necesario ni mucho menos proporcional, afirmar que la única forma de cumplir (…) es aquella según la cual, la restricción de los derechos políticos solo puede obedecer a una condena penal, como sugieren los demandantes”.

El fallo de la Corte IDH ordenó quitarle a la Procuraduría esa facultad sancionatoria, bajo el argumento de que solo un juez puede sancionar a los elegidos con voto popular.

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Ante eso, el Gobierno afirma que en la jurisprudencia de esa Corte internacional no “hay una definición clara y especifica de la expresión condena por juez” y que se debe proteger la soberanía del Estado colombiano.

“Lo que corresponde a la Corte Constitucional es si la Ley 2094 de 2021, a partir de las modificaciones que hizo del procedimiento disciplinario, se adecua de un lado al margen de apreciación nacional, la autonomía y soberanía del Estado colombiano y a un verdadero diálogo judicial e institucional para establecer estándares de protección adecuados a las particularidades históricas y sociales”, se indica en el documento.

El debate sobre la competencia de la Procuraduría para sancionar a funcionarios de elección popular se revivió tras la sanción provisional de tres meses que se impuso al alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

La procuradora Margarita Cabello dijo en su momento que las facultades de juez se mantienen intactas hasta que la Corte decida de fondo la demanda contra el nuevo Código Disciplinario.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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