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AFP

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial destituyó del cargo e inhabilitó por un término de 15 años a Reinaldo Huertas, quien en su  calidad de Juez Sexto Civil del Circuito de Bogotá apareció implicado en el escándalo de corrupción de recibo de sobornos del caso Hyundai.

La ponencia de esta decisión fue emitida por parte del magistrado Juan Carlos Granados Becerra, con la cual se determinó encontrar responsable disciplinariamente al juez Huertas de haber incurrido en la falta gravísima descrita en el numeral 1º del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

Este proceso se relaciona con el soborno que recibió el juez sexto civil de Bogotá Reinaldo Huertas con el fin de que favoreciera al empresario Colombo - Español Carlos Mattos en un millonario litigio judicial para quedarse con la representación exclusiva de la marca Hyundai en Colombia.

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De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, el soborno que supuestamente fue entregado al juez Huertas ascendió a los 700 millones de pesos.

"Huertas es sancionado por haber aceptado una propuesta remuneratoria y posteriormente recibir dineros de una de las partes involucradas en el proceso verbal declarativo de mayor cuantía promovido por Hyundai Colombia Automotriz S.A., contra Hyundai Motor Company, por realizar un acto que debía ejecutar en el desempeño de sus funciones, como era adoptar una medida cautelar en favor del demandante, Carlos Mattos Barrero", indica la decisión.

En el proceso disciplinario, adelantado en primera instancia por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, quedó demostrado que se presentó un direccionamiento del reparto para que el proceso fuera asignado al Juzgado 6 Civil del Circuito de Bogotá y así Reinaldo Huertas, resolviera favorablemente la solicitud de medida cautelar, a cambio de los dineros que, indebidamente, recibió como togado.
 
“La conducta realizada por el doctor Reinaldo Huertas fue desplegada de manera voluntaria a título de dolo porque actuó con plena conciencia tanto de sus actos, como de las implicaciones jurídicas de los mismos, por lo cual es válido afirmar, que el disciplinado comprendía la actuación ilícita y, no obstante, tal comprensión, pudiendo y debiendo comportarse conforme a derecho, prefirió libre, consciente y voluntariamente vulnerar el ordenamiento jurídico”, concluyó la decisión.

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Los magistrados Julio Andrés Sampedro Arrubla y Carlos Arturo Ramírez Vásquez presentaron impedimentos y fueron aceptados por la sala plena de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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