Jalón de orejas de la Corte Constitucional al Gobierno por la atención a las víctimas del conflicto
El alto tribunal hizo un duro llamado de atención a la Unidad de Víctimas por las constantes negativas a los damnificados del conflicto.

La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado de atención a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (Uariv) por sus constantes negativas de reconocimiento a las víctimas del conflicto armado.
Para la Corte, la entidad esta violando los derechos fundamentales de quienes solicitan ser reconocidos como víctimas del conflicto, al negar ese reconocimiento, argumentando incumplimiento de los requisitos de ley
“Es necesario hacer un fuerte llamado de atención a la UARIV respecto de su conducta, la cual podría catalogase como vulneratoria de los derechos fundamentales de las víctimas”, dijo la Corte.
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Así mismo, advirtió que “la calidad de víctimas del conflicto armado interno es una de las primeras formas de reconocimiento de la trasgresión de sus derechos y una de las principales herramientas que requiere este grupo de personas al momento de buscar la reparación”.
Ese pronunciamiento se hizo al resolver tres tutelas de personas que pedían ser incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
“La inclusión en el RUV es la vía idónea y eficaz para garantizar sus derechos como víctimas del conflicto armado interno, de lo contrario, se les estarían violando una multiplicidad de derechos fundamentales como a la verdad, justicia, reparación, mínimo vital, unidad familiar, alimentación, salud, vivienda, entre otros”, dijo la Corte.
En esos tres casos, la Unidad señaló que no se podía concluir que esas personas fueran víctimas del conflicto armado interno, pese a que declararon haber perdido a familiares a manos de grupos armados al margen de la ley.
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Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Corte rechazó los argumentos de la entidad, en esos tres casos, por “trasladar la carga de la prueba a los peticionarios y para desconocer hechos probados sin un mínimo de análisis”.
Sobre ese tipo de casos, el alto tribunal cuestionó que el organismo no hubiera hecho un estudio a fondo sobre el contexto de lo ocurrido en cada caso.
“Existían pruebas indiciarias que permitían poner en evidencia el nexo causal entre los hechos victimizantes declarados y el marco del conflicto armado interno del país”, sostuvo la Corte.
En la sentencia, la Corte le dio un plazo de diez días a la Uariv para que incluya en el Registro Único de víctimas a las personas que dejó de reconocer y quienes fueron víctimas del homicidio de sus familiares, secuestro, acceso carnal violento, desplazamiento y desaparición forzada, despojo de tierras y bienes.
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