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Alias Jorge 40 deberá responder en más de 1.486 investigaciones que le adelanta la Fiscalía
Rodrigo Tovar Pupo tiene 35 órdenes de captura vigentes y 38 medidas de aseguramiento. Entretanto, registra 65 órdenes de captura y 109 medidas de aseguramiento.
Fiscalía

La Jurisdicción Especial para La Paz (JEP) reveló que está abierta la puerta para que exjefes paramilitares puedan llegar a comparecer ante ese tribunal, en caso de que se verifique su calidad de financiadores del conflicto.

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Así lo dejo en claro el presidente de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, Mauricio García, quien explicó que esta posibilidad se debe a que hay una evolución jurisprudencial en torno a este caso por parte de la Sección de Apelación que es el órgano de cierre de este tribunal especial.

“En ese sentido desde la expedición del auto 057 se dejó abierta la posibilidad para que financiadores y colaboradores que fueron de grupos paramilitares antes de ser parte de dichas estructuras pudieran ingresar a través de un test de verdad”, dijo el magistrado García.

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Igualmente explicó que a través de este test de verdad se busca eliminar la presunción que existe en el sentido de que todos los miembros de los grupos paramilitares fueron actores armados.

En segunda medida que se va a aportar verdad de manera relevante para el sistema. Esto es digamos, la razón de ser de la posibilidad de ingreso de dichas personas a la jurisdicción”, indicó el magistrado García.

De igual forma, señaló que por ejemplo uno de los casos que están siendo analizados para definir en última instancia si es o no acogido para que comparezca ante la JEP,  es la solicitud elevada por el exjefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, quien recientemente llegó a Colombia deportado desde los Estados Unidos.

En el caso de Jorge 40 la decisión de la Sala se centró en que había sido comandante de un grupo de autodefensas del Bloque Norte. Sin embargo, dejó una posibilidad de ingreso frente a ese caso en relación con sus actos que pudieran haberse realizado como tercero antes de ejercer esa comandancia, entonces no fue un rechazo pleno, sino que dejó abierta una puerta para que ingrese por esa vía”, agregó.

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No obstante, recordó que en una primera instancia desde la promulgación del acto legislativo 01 de 2017 que fue refrendado por la Corte Constitucional quedó claro que los miembros de grupos paramilitares no son de la competencia personal de la JEP.

“Básicamente, porque los acuerdos y negociaciones de paz fueron suscritos entre el Gobierno Nacional y los miembros del extinto grupo armado de las Farc”, añadió el magistrado García.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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