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General Arias Cabrales
Colprensa

Los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) excluyeron de ese tribunal al general retirado Jesús Armando Arias Cabrales al concluir que no hizo un aporte de verdad pleno en relación con el caso de los desaparecidos del Palacio de Justicia en hechos ocurridos el 6 y 7 de noviembre de 1985.

La determinación fue adoptada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que indicó que “durante la audiencia única de aporte a la verdad que se realizó con el alto oficial, este no realizó aportes plenos, exhaustivos, francos y detallados sobre la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985”.

Los magistrados analizaron las respuestas entregadas por el general (r) Arias Cabrales durante la diligencia judicial que se llevó a cabo el 17 y 18 de enero de 2023 y determinó que: “el compareciente no tuvo propósito alguno de esclarecer un mínimo de verdad, mucho menos la verdad total de los hechos por los cuales ya fue determinada su responsabilidad penal”.

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Según la JEP el oficial retirado pasó por alto que la justicia ordinaria ya lo condenó como coautor de la desaparición forzada, pues su “aporte fue esencial y definitivo a la ejecución del comportamiento” y a pesar de las advertencias de la sala el general retirado revivió asuntos que no tienen discusión. 

“Arias Cabrales negó un hecho indiscutible, como lo fue el control que ejerció sobre los comandantes de las unidades de la XIII Brigada a su cargo, así como de otras unidades tácticas y de inteligencia”, dijo la JEP.

Asimismo, se concluyó que Arias Cabrales no suministró información que permitiera establecer el paradero de sus víctimas, ni los restos de aquellas que han sido entregadas por las autoridades de manera parcial a sus familiares. 

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Para los magistrados,  el oficial no profundizó en las circunstancias en las que se dio la vulneración de los derechos humanos por las acciones de los miembros de la fuerza pública que comandó en la operación de retoma del Palacio de Justicia. 

“El general en retiro Arias Cabrales no tuvo disposición de aportar verdad plena, exhaustiva y detallada, pilares fundamentales de la JEP, lo que configura una manifiesta y grave vulneración al régimen de condicionalidad”, enfatizó la JEP.

Ante esta decisión el proceso contra el alto oficial, condenado por el delito de desaparición forzada por los hechos ocurridos en el Palacio de Justicia en 1985, fue remitido al Juzgado 15 de Ejecución de Penas de Bogotá, con el fin de que el general retirado continúe cumpliendo con la sanción impuesta en su contra. 

Esta determinación de la JEP también será comunicada a la Dirección de Centros de Reclusión Militar para el cumplimiento de la pena de prisión.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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