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Álvaro Gómez Hurtado y el vehículo en que se movilizaba cuando fue asesinado, el 2 de noviembre de 1995 en Bogotá
Álvaro Gómez Hurtado y el vehículo en que se movilizaba cuando fue asesinado, el 2 de noviembre de 1995 en Bogotá
Fotos de Colprensa

Asumir la responsabilidad del asesinato de varios líderes políticos, entre ellos el del ex dirigente conservador, Álvaro Gómez Hurtado, por parte de las Farc, ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), ha desatado una serie de interrogantes y polémicas en torno a la investigación e hipótesis del magnicidio.

Exfiscales y exmagistrados se pronunciaron en RCN Radio sobre a quién le compete la investigación del caso de Gómez Hurtado, si a  la JEP o la Fiscalía. 

El exfiscal Alfonso Valdivieso afirmó directamente que es responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz, determinar cuál pudo ser la participación de las Farc.

“La Jurisdicción Especial para la Paz debe asumirla, porque aparentemente las Farc afirman y aceptan esa responsabilidad, porque no es decir acepto y punto; aquí se tiene que confirmar”, indicó.

Lea ademásFarc asumieron la responsabilidad del asesinato de Álvaro Gómez Hurtado

A su vez, señaló que esta nueva hipótesis tiene que ser contrastada con las otras líneas de investigación. “A mí me parece que todas las hipótesis deben ser investigadas, esta, que yo sepa, nunca se había planteado y en consecuencia debe ser tenido en cuenta para sumarse a la serie de hipótesis que se tienen en la Fiscalía y las diferentes líneas de investigación”, sostuvo.

Por su parte, el exfiscal Guillermo Mendoza Diago afirmó que se tiene que demostrar la responsabilidad de las Farc. “Si se admite que los responsables del magnicidio fueron los miembros de las Farc, el asunto tendría que quedar en la JEP porque ese grupo está sometido a esa jurisdicción transicional y en ese caso no habría ningún problema de jurisdicción”, manifestó.

Dijo además que este proceso se daría sobre la base de que ellos sean los responsables del crimen. “Aquí se tienen que hacer las averiguaciones correspondientes para lograr establecer si en realidad fue un homicidio determinado y cometido materialmente por las Farc”, agregó.

A su vez, el exmagistrado Jaime Arrubla dijo que los terceros serán investigados por la Fiscalía. “Si los autores o presuntos autores que se van a investigar son guerrilleros de las Far o estuvo vinculado con el conflicto, el competente sería la JEP, pero si lo vinculados también son terceros que no estaban vinculados a la guerrilla ni al conflicto, le corresponde a la Fiscalía”, manifestó.

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El experto dijo además que si en este proceso se tienen investigados de ambos lados se tienen que realizar investigaciones diferentes. Aquí se tendrá que realizar dos investigaciones paralelas, una que adelantará la JEP y la otra la Fiscalía, pero ya después veremos, porque los terceros después se pueden vincular a la JEP en un lapso de tiempo, pero por lo pronto tendrán que adelantarse las dos investigaciones”, subrayó.  

Sin embargo, el exmagistrado Jose Gregorio Hernández señaló que si existe un conflicto en las jurisdicciones, será la Corte Constitucional la que definirá la competencia. “Colombia es un Estado Social de Derecho, hay una separación de funciones, la única llamada a definir todo lo relacionado con el crimen de Álvaro Gómez Hurtado, hasta ahora impune, es la jurisdicción, los jueces de la República, no el Gobierno Nacional”, anunció.

Resaltó que respecto a los integrantes de las Farc que han confesado el magnicidio tendría que decidir la JEP, pero en cuanto a otras personas la justicia ordinaria.

“En caso de conflicto entre jurisdicciones debería decidir la Corte Constitucional cuál es la jurisdicción competente, según el acto legislativo número dos del 2015”, puntualizó.

Luego que las Farc asumieran su responsabilidad por el asesinato de Álvaro Gómez Hurtado, la Fiscalia citó a declarar al exalcalde de Bogotá, Luis Eduardo Garzón y a los narcotraficantes, Miguel y Gilberto Rodríguez Orejuela, para que declaren dentro del mismo caso del magnicidio ocurrido en 1995.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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