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Jesús Santrich, integrante del partido Farc
Jesús Santrich, integrante del partido Farc
Colprensa

El magistrado de la Sala de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Jesús Ángel Bobadilla, reveló detalles de las razones que tuvo la justicia alternativa para negar la solicitud de extradición contra el exjefe guerrilleros Jesús Santrich y ordenar su libertad.

Bobadilla precisó que la sala no pudo establecer si 'Santrich' cometió o no un delito ni en qué fecha se habría cometido, para determinar si fue antes o después de la firma del proceso de paz con las Farc y conlcuir si el caso debía asumirse desde la JEP o la justicia ordinaria.

Por eso, reveló que remitieron copias a la propia JEP y a la Corte Suprema de Justicia para que investiguen el caso y definan si el exjefe guerrillero cometió o no un delito y la misma fecha de ocurrencia de esa posible conducta criminal.

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Asimismo, dejó en claro que ellos sólo aplicaron la garantía de no extradición a favor de Santrich, en razón a que no contaron con pruebas suficientes para determinar si los hechos supuestamente cometidos por Santrich relacionado con narcotráfico ocurrieron o no después del 1 de diciembre de 2016.

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[AUDIO] Magistrado Jesús Ángel Bobadilla decisión de la JEP sobre Santrich Mayo162019

0:27 5:25

El magistrado Bobadilla explicó que la negativa a la extradición de Santrich fue adoptada por la Sala de Revisión amparada en el articulo 19 transitorio de la Constitución, que establece esa garantía para quienes están en el proceso de desmovilización, salvó que se hayan cometido delitos después de la firma del proceso de paz.

De igual forma, negó que la Sala de Revisión de la JEP haya practicado nuevas pruebas para tomar una decisión en el caso de 'Jesús Santrich', argumentando que sólo pidió una relación de las evidencias que en su momento recolectaron tanto la justicia norteamericana los Estados Unidos y la propia Fiscalía General. 

"La sección de revisión nunca, en su decisión, determinó que el hecho no haya existido o que la conducta no se cometió o que la conducta no es delictiva o que él ('Jesús Santrich') no es el responsable, porque eso no nos corresponde", dijo el magistrado Bobadilla.

Aseguró que los magistrados solicitaron de manera reiterada a Estados Unidos y a la Fiscalía pruebas contundentes para poder determinar la fecha de ocurrencia de los hechos, pero ello no fue posible.

Igualmente, señaló que hasta cuando se agotó la práctica de pruebas en la Sala de Revisión, nunca les fue entregado el video que hoy circula en los medios de comunicación y las redes sociales.

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Este video, se asegura, sería una prueba 'clave' contra Santrich para demostrar el supuesto intento para conspirar el envío de diez toneladas de cocaína a Estados Unidos con destino al cartel de Sinaloa. 

"No pudimos evaluar  la conducta y, por ende, no pudimos determinar la fecha. El ejercicio de evaluar implicaba acceder a la prueba y no pudimos. Los jueces no pueden dictar sentencia inhibitorias ante escenarios de falta de pruebas", indicó Bobadilla.

También, indicó que será la Sala de Apelación de la JEP la encargada de determinar  si admite o no nuevas pruebas para resolver el recurso que instauró el procurador general, Fernando Carrillo, y los alegatos que realizarán las demás partes, a la decisión de no avalar la extradición de Jesús Santrich a Estados Unidos. 

El magistrado enfatizó que esta decisión de la JEP fue adoptada a la luz del derecho en la cual fueron tenidas en cuenta una serie de artículos nuevos que fueron incorporados a la Constitución Política sobre los cuales no había antecedentes.

Fuente

RCN Radio

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