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JORGE NOGUERA
El exdirector del DAS, Jorge Noguera Cotes en el proceso que se le adelantó por las 'chuzadas' en la Corte Suprema de Justicia.
Colprensa

RCN Radio conoció que la Sección Tercera del Consejo de Estado emitió un mandamiento de pago en contra del exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Jorge Noguera Cortes.

Esto, ateniendo una acción de reparación presentada por la Fiduciaria La Previsora S.A contra el exjefe del organismo de seguridad por el fallo que ordenó reparar a una funcionaria que fue declarada insubsistente por Noguera.

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La Fiduciaria indicaba que, pese al fallo emitido en 2017, Noguera Cotes no había cumplido con el pago de los 332 millones de pesos que se le ordenó pagar en esa oportunidad ni había buscado la forma de fijar un plazo para ir saldando la multa.

“La sentencia condenatoria quedó ejecutoriada el 18 de diciembre de 2017, sin que esté demostrado dentro del expediente que las partes hubieren convenido un plazo para el pago”, precisa el fallo del Consejo de Estado.

El alto tribunal indica que el 18 de diciembre de 2019 venció el plazo para el pago total de la condena y no se recibió ninguna respuesta por parte del exdirector del DAS.

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El caso tiene su génesis en febrero de 2008 cuando el Departamento Administrativo de Seguridad pidió declarar patrimonialmente a Noguera Cortes “por los perjuicios causados con ocasión al pago” de la reparación de una funcionaria adscrita a la Dirección Operativa-Unidad de Análisis Financiera del DAS.

La demanda fue resuelta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que le ordenó a Noguera pagar el dinero que ya había sido emitido por el DAS para reparar a la funcionaria. La decisión fue ratificada por el Consejo de Estado.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo indicó que el entonces director del organismo de seguridad había actuado con dolo al declarar insubsistente a la funcionaria sin ningún tipo de justificación o causa.

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Esto como represalia a la presentación de un informe de la Unidad de Investigaciones Financieras en el cual se vinculaban a varios familiares del Director General.

“(…) era una servidora con excelente desempeño, lo que le valió diferentes reconocimientos en la entidad, entre las que se debe destacar la mención al mérito, otorgada en una época cercana a su desvinculación, de donde no se entiende la remoción, como lo señala el demandado (Noguera Cotes), haya tenido que ver con su mal desempeño, mismo que era de difícil conocimiento para el recién llegado director. Además, ninguna prueba aportó para demostrar que la decisión la apoyó en la recomendación del director operativo de la época”, cita el fallo.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo también recordó que durante su administración, Noguera “utilizó su poder discrecional para realizar traslados, nombramientos y remociones con fines ajenos a los de la organización estatal, esto es privilegiando intereses personales y, más grave aún, la de grupos al margen de la ley, pues se constató que nombró gente afín a las Autodefensas Unidas de Colombia y removió o trasladó funcionarios que adelantaban investigaciones en contra de la organización”.

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Noguera Cotes actualmente se encuentra privado de su libertad cumpliendo dos condenas, una de 25 años de prisión por su responsabilidad en el plan para asesinar al profesor universitario y sociólogo Alfredo Correa de Andreis, ejecutado por los paramilitares al mando de ‘Jorge 40’ y la otra de siete años de cárcel por las ‘chuzadas’.

Fuente

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