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JOSÉ OBDULIO GAVIRIA
El senador del Centro Democrático, José Obdulio Gaviria hizo señalamientos en contra de los magistrados Jaime Arrubla y Augusto Ibáñez.
Colprensa

El pasado 7 de mayo, el senador del Centro Democrático, José Obdulio Gaviria Vélez retiró formalmente ante la Secretaria del Consejo de Estado la curiosa demanda de pérdida de investidura que había presentado semanas antes en su contra.

Fuentes cercanas señalaron que el congresista señaló en el documento que no tenía ningún tipo de interés en continuar con esa “autodemanda”. Estos argumentos fueron aceptados por el despacho del magistrado Hernando Sánchez Sánchez que emitió la providencia aceptando esta petición.

La demanda había sido presentada el pasado 24 de abril. En la misma, Gaviria le pedía a la Sala que emitiera una decisión de fondo frente a sus inasistencias a las sesiones el Congreso de la República en la que se discutieron los actos administrativos relacionados con el proceso de paz.

Por estos mismos hechos, señalaba la acción judicial, se habían demandado las investiduras de Álvaro Uribe Vélez e Iván Duque Márquez. Debido a esto pedía que el Consejo de Estado conociera su caso y emitiera un fallo de fondo.

Gaviria solicitaba que se adelantara la respectiva investigación “que corresponda de conformidad con la ley, para identificar si el suscrito incurrió en la causal establecida en el numeral 2º del artículo 183 de la Constitución Política, al cual se le endilga al H. Senador Álvaro Uribe Vélez, y al doctor Iván Duque (…) y que una vez admitida la solicitud, se le conceda la oportunidad para explicar las razones por las cuales NO (está) incurso, como tampoco los demás miembros de la bancada en el Congreso del Centro Democrático”.

El pasado 27 de abril, el Consejo de Estado le había devuelto dicha demanda al considerar que no eran claros los argumentos expuestos y la pretensión de la misma. Hecho por el cual le dio un plazo de 10 días para corregir los errores cometidos y presentar una nueva acción judicial, que en este caso se puede calificar como una “autodemanda”.

El magistrado ponente determinó en ese momento que no se sabía si el objetivo de la demanda era analizar una pérdida de investidura o por el contrario abrir una investigación disciplinaria. “No son claros los hechos que fundamentan la solicitud. Lo anterior si se tiene en cuenta que en la solicitud se exponen hechos de contenido general e indeterminado, circunstancia que impide el debido ejercicio de los derechos de contradicción y de defensa de las partes e intervinientes pues tendrían que pronunciarse sobre conductas hipotéticas”. 

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