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COMPLEJO JUDICIAL DE PALOQUEMAO
El complejo judicial de Paloquemao en el centro de Bogotá.
COMPLEJO JUDICIAL DE PALOQUEMAO

El Consejo Superior de la Judicatura anunció este viernes que la suspensión de términos judiciales, por la pandemia de la COVID-19, se extenderá hasta el próximo 8 de junio de 2020, pero con excepciones en algunos procesos que se puedan desarrollar de manera virtual.

Con relación a los procesos penales de control de garantías, se incluyen las audiencias de medidas de protección a las víctimas de violencia intrafamiliar y las audiencias de solicitud de principios de oportunidad.

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En materia civilm se reactivarán o continuarán, de forma virtual, los procesos de emisión de sentencias anticipadas, la emisión de medidas cautelares, las audiencias para liquidación de créditos.

En materia de audiencias de familia, el Consejo Superior de la Judicatura dijo que se exceptúa se la suspensión de términos, “el trámite y decisión de los recursos de apelación y queja interpuestos contra sentencias y autos”, entre otros que ya se habían establecido.

La Judicatura anunció además que trabaja en un protocolo de bioseguridad para que los funcionarios y usuarios de la Rama Judicial regresen a las sedes judiciales pero bajo altas medidas de protección.

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“El plan de normalización contemplará (…) condiciones de bioseguridad y aseo; definir las reglas de acceso y permanencia en sedes tanto para servidores como para usuarios; fijar jornadas, horarios o turnos flexibles; utilizar intensivamente los medios técnicos o electrónicos disponibles”, dijo la Judicatura a través de un comunicado.

Por último, recordó que la suspensión de términos judiciales se da en medio de la emergencia de salud pública derivado del contagio de coronavirus (COVID-19)

Excedentes 

De otro lado, se conoció que el Ministerio de Salud anunció la expedición del Decreto legislativo 538 de 2020, el cual tiene el propósito de crear medidas que permitan "abordar de la mejor forma la atención y la protección a los pacientes afectados por el SARS-Cov_2/Covid-19, entre otros aspectos", según se estableció en un comunicado.

De acuerdo con la comunicación emitida por el Ministerio de Salud, dentro del paquete de medidas planteadas en el decreto se contempló una "compensación económica temporal para las familias afiliadas al Régimen subsidiado y otro tiene que ver con la protección a los cotizantes del régimen contributivo que hayan sido incapacitados por causa SARS-Cov_2/Covid-19".

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Según se establece en dicho decreto, en su artículo 12, se señala que en caso de que Ministerio de Salud tendrá la posibilidad de establecer que requiere recursos adicionales para así poder pagar las incapacidades, por enfermedad general de origen común derivadas del diagnóstico confirmado por covid-19.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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