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El establecimiento penitenciario y carcelario de mediana seguridad de La Vega de Sincelejo rechazó el traslado de seis detenidos argumentando la activación de todos los protocolos para evitar la propagación y contagio del coronavirus.

Debido a esta situación, estas seis personas quedaron a la deriva puesto que actualmente se encuentran en centros de paso mientras se resuelve su situación jurídica. En dichos lugares, reseñan, viven una situación muy complicada puesto que no cuentan con acceso a la alimentación ni visitas de sus familiares.

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La Procuraduría General radicó una acción de tutela pidiendo la protección de los derechos fundamentales de estas personas, entre ellos el de la vida, la salud, integridad personal y la dignidad humana.

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Tras analizar el caso, el juzgado quinto de Sincelejo ordenó tomar todas las medidas necesarias con el fin de proteger a las seis personas que vincula la acción de tutela, pero también a todos los internos de la cárcel La Vega.

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Por esto, le ordenó a las autoridades y entidades de salud de Sincelejo adelantar todos los trámites para realizar la prueba de Covid-19 a los seis detenidos y comunicar oportunamente los resultados.

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El juzgado le ordenó a la la Gobernación de Sucre, la Alcaldía de Sincelejo y la Secretaría de Salud que velen por la recolección de las pruebas las muestras para la realización del examen del virus Covid-19.

"Recibidos los resultados de las pruebas, en caso de ser negativo para coronavirus, deberán remitirlas al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad Cárcel La vega de Sincelejo y al Inpec, a efectos que se realice de inmediato el traslado de los ciados señores a dicho establecimiento de reclusión, conforme lo dispuesto por el juez de control de garantías", precisa el fallo de 46 páginas.

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Sin embargo, si las pruebas son positivas se deberá realizar el trámite para el traslado de los detenidos "a los lugares que resulten más aptos para el tratamiento o las instituciones de salud que se dispongan por parte de las autoridades competentes, con el fin de salvaguardar los derechos de los reclusos y evitar la prolifelación del virus en el centros de reclusión transitoria donde se encuentran actualmente detenidos".

Mientras se toman las pruebas y se conocen los resultados, las autoridades carcelarias deberán garantizarle el acceso a agua potable, alimentación digna y atención de medidas sanitarias. 

"Ordénese al Inpec y a la Uspec que en coordinación con la Alcaldía de Sincelejo, garanticen a los precitados detenidos el acceso a servicios sanitarios, productos de aseo, agua potable permanente y jabón, con el fin de protegerlos del contagio del Covid-19", reseña el fallo. 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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