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La fumigación de cultivos ilícitos con glifosato
La fumigación de cultivos ilícitos con glifosato.
Colprensa

El juez segundo administrativo de Pasto (Nariño) ordenó suspender la convocatoria a la audiencia pública  programada para el próximo 1 de septiembre en la que se iba a evaluar el regreso de la aspersión aérea con glifosato y la cual estaba liderando la Autoridad de Licencias Ambientales (Anla).

En dicha audiencia, se iban a otorgar las respectivas licencias para la reactivación de las fumigaciones aéreas con glifosato en Colombia para erradicar los cultivos ilícitos.

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El juzgado determinó que no se garantizó la participación de las comunidades afectadas, ordenando que la Anla debe hacer todo lo posible para que estén presentes en dicha audiencia.  

Recuerda que muchos los pueblos indígenas no cuentan con conexión a Internet y esto puede impedir que participen en las convocatorias y se enteren de lo que allí ocurre. 

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También se concluyó que en Colombia no está permitido la aspersión aérea con glifosato hasta que no exista un fallo judicial que establezca que, tanto el Gobierno Nacional como la Policía, el Ministerio del Interior y la Autoridad de Licencias Ambientales, han cumplido con la sentencia de la Corte Constitucional, en lo que se refiere a las garantías que deben ofrecerle a la población civil.

Según la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic), el Estado deberá adelantar la consulta previa de las etnias y de las comunidades de afrodescendientes que estén viviendo en los 104 municipios que hacen parte de la zona de influencia del programa de erradicación aérea con glifosato.

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Esta decisión judicial se tomó tras estudiar una acción de tutela promovida por una asociación de cacaoteros de Policarpa en el departamento del Nariño. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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