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 Ana María Castro Romero
Ana María Castro Romero
Foto Facebook

El juez octavo de conocimiento de Bogotá confirmó que Julián Ortegón, uno de los investigados por su presunta participación en el crimen de la joven universitaria Ana María Castro, deberá seguir privado de la libertad.

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El juez resolvió el recurso de apelación que interpuso el abogado defensor de Ortegón, quien había solicitado revocar la decisión que desde finales del mes de enero lo mantiene recluido en un establecimiento penitenciario.

En ese sentido, el funcionario judicial respaldó los argumentos del juez de control de garantías y aseguró que dados los testimonios y las pruebas recopiladas por la Fiscalía, Julián Ortegón representa un peligro para la sociedad.

De acuerdo con el juez, Julián Ortegón representa además un riesgo para las mujeres, teniendo en cuenta el material probatorio recopilado por la Fiscalía General de la Nación y en el que hay videos y testimonios que se consideran fundamentales dentro de la investigación.

Las denuncias de las exnovias María Camila Bonilla Arbeláez y María Camila Fajardo (con quien Julián Ortegón tenía una relación para la época de los hechos), señalan que existen indicios del comportamiento agresivo y violento contra las mujeres.

Mencionó además que existe un video considerado como evidencia dentro del proceso, en el que se muestra el momento en el que Ana María Castro (víctima), salía de un establecimiento nocturno sobre la 1:10 de la madrugada, en el que al parecer la joven tenía dificultades para caminar.

Agregó que respalda los argumentos que la juez 33 de control de garantías tuvo en cuenta para imponer una medida de aseguramiento privativa de la libertad, el pasado 27 de enero de este año.

El juez también señaló que existe inferencia razonable de la participación de Ortegón en el crimen de la joven universitaria, ocurrido en la madrugada del 5 de marzo de 2020 en el norte de Bogotá.

El testimonio de Daniel Alejandro Vega Novoa, quien se movilizaba en la madrugada del 5 de marzo de 2020 sobre  la calle 80 con carrera 59 en el norte de Bogotá y que se comunicó con el 123, advirtiendo que vio cómo fue lanzado el cuerpo de la víctima sobre la vía desde el vehículo con vidrios polarizados (en el que también se encontraba supuestamente Julián Ortegón en compañía de Pool Naranjo),  fue contundente. 

“Resulta claro para este estrado judicial que consideradas las hipótesis y los elementos materiales probatorios que fueron trasladados, la que mejor sustento ofrece es la vertida por Daniel Alejandro Vega Novoa, ya que no se encontraba bajo el influjo de ninguna sustancia alcohólica y que manifestó las condiciones en las que observó de primera mano lo sucedido, lo que quedó grabado en el registro de sus llamadas a la línea de emergencia 123, el mismo 5 de marzo de 2020 y que reiteró el 15 de octubre del mismo año”.

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También señaló que ninguna de las diversas medidas de aseguramiento que se contemplan en la normatividad legal vigente en las que no se restringe la libertad, son suficientes para Julián Ortegón y por ello, desestimó la solicitud de la defensa de imponer una restricción que no afectara la movilidad del investigado.

“El juzgado octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá actuando como juez de control de garantías de segunda instancia, en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la constitución de la ley resuelve confirmar la decisión censurada y segundo, advertir que contra esta determinación no procede recurso alguno”, concluyó.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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