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Colprensa

Bajo el precepto de que no se puede imponer un límite de edad para que los menores ingreses a la escuela, el Consejo de Estado estableció que los niños y niñas podrán ser matriculados en el grado de transición, aunque no tengan los cinco años cumplidos.

El Alto Tribunal de lo Contencioso Administrativo tumbó parcialmente un artículo de la resolución 5360, de septiembre de 2006, expedido por el Ministerio de Educación, que establecía textualmente que “la edad mínima para ingresar al grado de transición, sea de cinco años cumplidos a la fecha del inicio del calendario escolar”.

El alto tribunal señaló que ningún organismo administrativo puede imponer un límite de tiempo o edad para el inicio de clases escolares de un menor, debido a que la ley no prevé ningún rango mínimo de edad para que los niños ingresen a ese grado de educación preescolar.

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“El acceso a la educación escolar no estaría sujeta a ningún tipo de consideraciones como la condición física o mental, entre otras; en consecuencia, no hay lugar a que la autoridad administrativa establezca requisitos adicionales”, dice el fallo.

Con ponencia del magistrado Oswaldo Giraldo, el Consejo de Estado advirtió que ese tipo de restricciones podrían catalogarse como una violación o restricción al derecho a la educación.

Al contrario, dice el fallo que una norma de 1997 establece una prohibición para que el ingreso a la educación preescolar sea objeto de consideraciones relacionadas con la condición física, mental, entre otras.

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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