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ONEIDA PINTO
La exgobernadora de La Guajira, Oneida Pinto Pérez.
Colprensa

El juez 75 de garantías de Bogotá negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos a la exgobernadora de la Guajira Oneida Pinto, en el marco de las investigaciones por presunta corrupción en ese departamento.

Debido a que para el juez, "el tiempo estimado en 240 días que tiene la Fiscalía para iniciar la audiencia de juicio, aún no se encuentran vencidos y la Fiscalía en ese sentido ha sido acuciosa y juiciosa en el proceso" indicó. 

Según alegaba la defensa, el ente acusador había tardado más de 240 días para presentar el escrito de acusación ante un juez de la República contra la exgobernadora e iniciar el juicio, argumento sobre el cual su cliente merece recuperar la libertad y quien actualmente se encuentra bajo detención domiciliaria. 

Luego de la determinación del despecho, el abogado de Oneida Pinto presentó recurso de apelación a fin de que analiza y resuelto por un juez de segunda instancia en los próximos días, además el togado indicó que la Fiscalía ya instaló la audiencia de juicio en contra de la exgobernadora por estos hechos. 

En ese sentido, el abogado Antonio Luis González, defensor de la exgobernadora de la Guajira, Oneida Pinto, solicitó la libertad por vencimiento de términos de la exdirigente política al señalar que los tiempos fijados por la ley para presentar el escrito de acusación e iniciar el juicio por presunta corrupción, se encuentran vencidos.

Igualmente el abogado señaló que "cualquier persona en Colombia tiene derecho a su libertad cuando los términos están vencidos, y en éste caso no se ha iniciado la audiencia de juicio y después de 293 días en que la Fiscalía ha tardado para presentar el escrito de acusación y no hemos avanzado en las audiencias preparatorias a juicio".

Añadió que "se discute en este caso si se descuenta el tiempo de la vacancia judicial, pero cuando una persona se encuentra detenida en una cárcel, no le pueden correr los términos de la vacancia judicial por ejemplo".

Durante la diligencia judicial, tanto la Fiscalía, como la Procuraduría han advertido que los términos no se encuentran vencidos, y que la exgobernadora debe permanecer detenida en el marco de las investigaciones en su contra. 

El pasado mes de octubre 2017, un juez de Soacha Cundinamarca, le concedió la detención domiciliaria a la exgobernadora de La Guajira Oneida Pinto, quien se encuentraba detenida en la cárcel Buen Pastor en Bogotá.

Según argumentó su abogado defensor, “la señora Oneida Rayeth Pinto Pérez es madre cabeza de familia y tiene a su cargo a sus hijos menores de edad por lo cual solicita la sustitución de la medida de aseguramiento de intramural por domiciliaria”.

Basado en esa solicitud, el juez aceptó los argumentos de la defensa de la ex gobernadora y procedió a ordenar la sustitución de la medida de aseguramiento. En la misma determinación se ordenó abrir una investigación  contra el Fiscal 28 anticorrupción, Carlos Castañeda, por no asistir a las diligencias judiciales.

Oneida Pinto es investigada por los delitos de celebración de contratos sin requisitos legales, peculado, falsedad en documento público, falsedad en documento privado, e interés indebido en celebración de contratos.

Al ser señalada por la celebración de un contrato para reducir la mortalidad en la población infantil en 2007 durante su administración como alcaldesa de Albania Guajira, pero que según la fiscalía produjo un enorme detrimento patrimonial sin cumplir los objetivos del convenio.

Fuente

RCN Radio

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