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Niños del Catatumbo que cruzaban río lleno de caimanes
Niños del Catatumbo que cruzaban río lleno de caimanes.
Cortesía: Corte Constitucional

La Corte Constitucional protegió los derechos a la vida y a la educación de los niños de la zona del Catatumbo, en Norte de Santander, que tenían que atravesar un río de la región habitado por caimanes para poder asistir al colegio y recibir clases.

Al fallar una tutela, el alto tribunal ordenó a las autoridades municipales y departamentales en esa región del Catatumbo para que se comprometieran con la construcción de dos puentes, de manera que se evite que los menores de edad tengan que seguir arriesgando sus vidas para poder ir al colegio.

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De acuerdo con la información suministrada por la comunidad, un menor murió al parecer por las heridas que le habría dejado el ataque de uno de los caimanes que permanecen dentro y a la ribera del río.

Los hechos objeto de la protección en la acción de tutela se presentaron en el municipio de Sardinata (Norte de Santander, región del Catatumbo), en donde 14 menores de edad tenían que atravesar el río Nuevo, a la altura del corregimiento de Campo Lajas, para poder asistir al colegio debido a las precarias condiciones de los puentes de la zona.

[VIDEO] Niños tenían que cruzar un río habitado por caimanes para ir al colegio

La Corte, al resolver la tutela, permitió por medio de varios canales de comunicación que las autoridades definieran un monto económico para resolver el drama de los niños y niñas, con una partida presupuestal superior a los 280 millones de pesos, los cuales serán invertidos en la recuperación de dos puentes.

“Teniendo en cuenta aquellas consideraciones y la razonabilidad de las propuestas planteadas por el departamento de Norte de Santander y el municipio de Sardinata para garantizar el derecho a la educación de los menores, en sus componentes de accesibilidad y disponibilidad, la Corte Constitucional emitió órdenes tendientes a asegurar que esas propuestas se cumplieran” dice uno de los apartes del fallo de tutela.

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El documento agrega que “además, para dar una mayor garantía del componente de disponibilidad (en cuanto a las adecuaciones locativas y estructurales de la escuela rural) e implementar un plan de contingencia orientado a mitigar los riesgos que enfrentaran los menores, hasta tanto se cumplan las decisiones anteriores ordenó instalar un espacio de diálogo, en un término perentorio, cuyo funcionamiento debe ser garantizado por el juez de primera instancia”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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