Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Corte Constitucional
Sala plena de la Corte Constitucional.
Colprensa

La Corte Constitucional advirtió que no se pueden negar los servicios de salud a menores extranjeros que no han regularizado su situación en Colombia.

Ese tribunal precisó que “la atención de urgencias debe verse con un enfoque de Derechos Humanos y de manera integral”.

La Corte también precisó que no es admisible que los centros médicos se nieguen a prestar el servicio de salud a una persona que no tenga papeles, o un documento válido que sirva para afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud, más aún si se trata de un menor de edad.

Lea más: Más de 110 camas UCI para pacientes covid en Medellín podrían cerrar por falta de oxígeno

“El estado está en la obligación de prestar los servicios de salud a los menores de edad (…) incluyendo a los niños, niñas y adolescentes migrantes, a pesar de que no se encuentren regularizados en el país”, dijo la Corte.

El pronunciamiento de ese tribunal se dio luego de estudiar el caso de un niño de seis años de nacionalidad venezolana, quien necesitaba un tratamiento de urgencia por una afectación cardiaca y no pudo acceder al servicio por falta de documentos.

Ante esta situación, su madre interpuso una tutela contra el Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander, entidad que negó la autorización de las citas de control con cardiología pediátrica.

Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la sala Séptima de Revisión de tutelas le dio un plazo de 48 horas a la entidad de salud departamental, para que autorice las citas que el menor necesita con la especialidad de cardiología pediátrica.

También deben ordenar los exámenes que le fueron ordenados al menor por el médico tratante y realizarlos dentro de los 10 días siguientes a la autorización que se expida.

En medio de la decisión, la Corte Constitucional hizo un llamado a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, para que “en un plazo de un mes se pronuncie de fondo, respecto de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado que presentó la madre del menor el pasado mes de febrero”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.