Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

PLINIO OLANO BECERRA
El exsenador Plinio Olano Becerra enfrenta un proceso penal por el caso Odebrecht.
Colprensa

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exsenador Plinio Olano Becerra dentro del proceso que se le adelantó por el escándalo de Odebrecht. El alto tribunal determinó que durante el juicio no se pudo demostrar que el excongresista hubiera utilizado sus cargos e influencias para beneficiar a la multinacional brasileña.

En la resolución, se considera que los testigos que declararon en el desarrollo del proceso penal nunca señalaron directamente a Olano Becerra de haber influido en la entrega de contratos de obra vial a Odebrecht. 

Lea además: No estoy pidiendo que me indulten: Andrés Felipe Arias

Igualmente se le restó credibilidad a otros declarantes al indicar que habían incurrido en contradicciones de tiempo y modo lugar cuando narraron los hechos materia de investigación.

Debido a esto, el alto tribunal ordenó la libertad inmediata del exdirector de la Federación Nacional de Departamentos quien se encontraba en la cárcel Picota de Bogotá desde el 13 de febrero de 2018.

PLINIO OLANO BECERRA
Fallo que absolvió al exsenador Plinio Olano Becerra por el caso Odebrecht.

Para la Corte Suprema en el desarrollo del juicio no se pudo demostrar más allá de toda duda razonable que Olano Becerra tuviera relación con el entramado de corrupción que ejecutó Odebrecht para resultar beneficiado con millonarios contratos. 

"Es cierto, conforme con los elementos de convicción ya analizados, que la supuesta participación de Olano Becerra en la red de corrupción implementada por Odebrecht se quedó en el plano de la mera especulación, desmentida como está la supuesta utilización de debates de control político para favorecer a la multinacional, así como la presión o influencia indebida que habría ejercido a funcionarios públicos con el mismo propósito", precisa uno de los apartes del fallo de 121 páginas. 

Lea también: Madre de estudiante golpeó brutalmente a profesora en colegio de Barranquilla

En este punto se señaló que ningún de los testigos pudo demostrar la participación el exsenador en las reuniones en las que supuestamente se fijó la entrega de dineros con el fin de avalar la entrga dedirecta de los contratos de la Ruta del Sol II y su respectiva adición, la concesión vial del contrato Duitama-Charalá-San Gil, la ampliación de la planta de tratamiento de aguas residuales en Salitre.

La Sala consideró que las declaraciones rendidas por el empresario Federico Gaviria -quien también enfrenta un proceso penal por estos hechos de corrupción- no tuvieron ningún tipo de soporte. 

"Tampoco se acreditó el pago o recibo de las mal llamadas reciprocidades a las que hace alusión Federico Gaviria, ni las reuniones que, según el mismo testigo, habría sostenido con diversas personas para acordar los montos de tales compromisos, aspectos sobre los cuales la única fuente de conocimiento es el citado testimonio", aclara el fallo. 

Considera que la declaración de Gaviria, quien era considerado el testigo clave en esta investigación, estuvo llena de contradicciones e irregularidades en tiempo, modo y lugar.

"Frente a los alegatos de la defensa técnica de Plinio Olano Becerra, es de advertir que le asiste la razón cuando afirma que el testimonio de Federico Gaviria está plagado de inconsistencias, conjeturas y suposiciones, que merecían una valoración mucho más rigurosa a la adelantada en la acusación, en la que simplemente se le otorgó total credibilidad", señaló la Sala. 

Le puede interesar: Colombia no puede darse el lujo de tener el caso Odebrect paralizado, Francisco Barbosa

La Corte, en su fallo de primera instancia, avaló las declaraciones entregadas por los exdirectivos de Odebtrecht en Colombia, Luiz Bueno Junior y Eleuberto Antonio Martonelli quienes excluyeron de toda participación "en el entramado criminal" al procesado. Igualmente se tuvo en cuenta el testimonio del exviceministro de Transporte, Gabriel Ignacio García Morales -primer condenado en Colombia por este caso-. 

En el debate jurídico, la Sala determinó que las pruebas documentales recolectadas no permiten demostrar la existencia del pago o recibimiento de sobornos para el excongresista. 

"El pago de coimas a Plinio Olano tampoco se acreditó, pues el supuesto sobrecoto en el subcontrato EPC-SC-150 de 2012 fue desmentido por la prueba testimonial y pericial ordenada a instancias de esta Sala, al igual que las reuniones que habían tenido lugar para acordar la participación de Odebrecht en el desarrollo del corredor vial Duitama-Charalá-San Gil y en el proyecto de ampliación de la planta de tratamiento de aguas residuales Salitre, o la supuesta intermediación ante el entonces ministro de Transporte para que la ANI extendiera una invitación formal al Consorcio Ruta del Sol para adicionar el contrato".

Olano Becerra fue acusado en agosto pasado por los delitos de concierto para delinquir agravado, tráfico de influencias y cohecho propio. Esta decisión podrá ser apelada ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.

Fuente

RCN Radio

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.