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CONSEJO DE ESTADO
El Consejo de Estado aceptó los argumentos presentados en contra de la elección del contralor de Valledupar.
Colprensa

“El Estado Colombiano se encuentra obligado a acatar los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. De esta forma el Consejo de Estado, en un fallo de tutela, le ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores convocar a los Ministerios del Interior, de Justicia y Defensa con el fin de determinar las indemnizaciones por la masacre de Santo Domingo registrada en 1998.

En noviembre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano por la masacre. En el fallo se determinó que se presentaron violaciones al derecho a la vida advirtiendo que el Estado incumplió su deber “de protección especial de las niñas y niños, toda vez que no cumplió con su obligación especial de protección en el marco de un conflicto armado interno”.

El alto tribunal revisó una tutela de un grupo de víctimas que aseguran que el Estado no ha cumplido con la orden de la Corte IDH de repararlas integralmente por los hechos.

 “El Gobierno Nacional debía ejecutar, en el término de un año, un mecanismo interno expedito para otorgar las indemnizaciones y compensaciones pertinentes por concepto de daños materiales e inmateriales a favor de las víctimas heridas y de los familiares de las víctimas que no fueron reparadas por la jurisdicción interna”.

Los hechos

El 12 de diciembre de 1998, en la vereda de Santo Domingo ubicada en el municipio de Tame (Arauca) la comunidad realizó un bazar en el que participaron otros visitantes de poblaciones cercanas. Ese día las Fuerzas Militares fueron informados sobre la llegada de una aeronave con dinero y armas para actividades de narcotráfico.

En ese momento hubo un enfrentamiento entre la Fuerza Pública y un grupo ilegal por el aterrizaje de la nave. Según la sentencia, como consecuencia, el Ejército Nacional planeó una operación militar que se prolongó durante varios días.

El 13 de diciembre de ese mismo año, en el marco de un operativo militar, un helicóptero lanzó un dispositivo ‘cluster’ compuesto por granadas o bombas de fragmentación sobre la calle principal de Santo Domingo, ocasionando la muerte de 17 personas y 27 heridos, incluyendo niños y niñas.

Muchas personas tuvieron que abandonar sus residencias y movilizarse al corregimiento de Betoyes, lo que provocó el desplazamiento forzado interno de las víctimas.

Frente a esto, el Consejo de Estado cuestionó que después de cinco años de emitida la condena contra el Estado por parte de la Corte IDH, no se haya “ejecutado un mecanismo interno expedito a fin de otorgar las indemnizaciones y compensaciones por concepto de daños materiales e inmateriales que les corresponden a las víctimas". 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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