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Abuso sexual. Ilustración.
Abuso sexual. Ilustración.
Archivo RCN, foto en referencia para artículo.

Luego de que la Corte Constitucional determinara que las víctimas de delitos sexuales están en el derecho de denunciar los casos a través de redes sociales, el abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, aseguró que ese tribunal está dando preferencia a las mujeres porque históricamente han sido discriminadas.  

En diálogo con RCN Radio, el experto mencionó que “la Corte le está dando preferencia al derecho de las mujeres y a la protección de ellas por abusos sexuales frente al buen nombre y a la honra del presunto violador. La regla general es que uno no puede acusar a personas públicamente, sin que se tenga una sentencia judicial”. 

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“Acá se está dando preferencia al derecho de mujeres porque han sido históricamente discriminadas, diciendo que sí pueden señalar a los infractores, así no se tenga una condena aún porque es una forma de reivindicar sus derechos. Las circunstancias de las mujeres en la sociedad han sido muy mermada, atropelladora de sus derechos y uno diría que por esa razón se justifica la excepción”, agregó.  

Audio

(Audio) Juan Manuel Charry, abogado, sobre derecho de víctimas de abuso sexual a denunciar en redes a sus agresores.

0:27 5:25

El abogado manifestó que “los derechos de los menores de edad prevalecen en el ordenamiento jurídico, de acuerdo con una norma expresa de la constitución. Pero si fuera un adulto de género masculino, uno diría que no se dan las condiciones de sus derechos históricamente atropellados y desconocidos, porque los hombres hemos sido preponderantes con la sociedad”.   

“Lo que entiendo es que la Corte dice que en el caso de las mujeres que han sido históricamente víctimas, sus derechos no se han reconocido, que es difícil adelantar las investigaciones y que es válido que la víctima señale a su agresor públicamente en una red social sin que se condenara”, aseguró.  

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Charry concluyó que “lo cierto es que esas excepciones por supuesto rompen reglas y generan interrogantes de hasta dónde se puede extender la excepción. En principio las sanciones de tutela son efectos particulares, es decir, solo se aplican al caso que está bajo estudio. Es un referente jurisprudencial para casos futuros, pero no es de efectos generales”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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