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Procuraduría
Foto referencial Procuraduría.
Colprensa

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a nueve funcionarios y exfuncionarios del Banco Agrario por, presuntamente, viabilizar y contratar en 2014 la adquisición de compra de cartera de libranza a descuento con Estrategias en Valores S. A. (Estraval), una sociedad que no tenía la experiencia mínima requerida por la entidad financiera para originar créditos de libranza.

Estas personas deberán responder por , al parecer, omitir sus funciones al no verificar los requisitos que Estraval debía cumplir para acceder al crédito. 

Se trata de la gerente nacional de análisis de crédito, Angélica María Castro Rodríguez; la gerente de ventas de banca de consumo, Rosmary Malaver Figueroa, y el subgerente de ventas de Banca de Consumo, Hernán Guillermo Urrego Olarte.

Además, deberán responder el expresidente Álvaro Miguel Navas Patrón, la exvicepresidente de Crédito y Cartera Gloria Marcela Ferrán Muñoz, la ex profesional sénior de la Gerencia de Ventas de Banca de Consumo Claudia Andrea Rojas Caicedo, el exsubgerente de Crédito Empresarial y Oficial Óscar Mauricio Romero Carrillo, la ex profesional sénior de Análisis Financiero Irleana Martínez Barahona, y el exanalista financiero de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera Henry Federico Toledo Ospina.

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Según lo que estableció la Procuraduría, estas personas, al parecer, incumplieron con la política de aprobación de créditos del banco y pusieron en riesgo los recursos públicos que se manejan en la entidad financiera. 

“Al parecer, Estrategias en Valores S. A. no era originadora de libranzas sino intermediaria en la compraventa de cartera que realizaban sus cooperativas aliadas, las cuales se habrían negado, posteriormente, a transferir los dineros recaudados directamente al banco”, señala la Procuraduría. 

La Procuraduría calificó las conductas de la nueve personas como “graves y gravísimas a título de culpa gravísima”. 

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Para el Ministerio Público, también se violaron las normas de la Superintendencia Financiera de Colombia que establecen las reglas para la adquisición de carteras de crédito a entidades no vigiladas. 

“Habrían podido incumplir, además, el numeral 2.8.2.2 de la Circular Externa 004 de 2013 de la Superintendencia Financiera de Colombia, que establece como una de las reglas para la adquisición de cartera de créditos a entidades no vigiladas, que los establecimientos conozcan y documenten las políticas y procedimientos de crédito del originador en cada uno de los procesos: otorgamiento, seguimiento y recuperación”, puntualizó el organo de control disciplinario.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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