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Gobernación, Carlos Caicedo, líder social, Santa Marta,Magdalena
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La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra Carlos Caicedo cuando se desempeñó como alcalde de la ciudad de Santa Marta (2012-2015), por presuntas inconsistencias que se habrían presentado en un contrato adjudicado para la construcción de un parque acuático en la capital de Magdalena. 

El organismo investiga el aparente atraso presentado en las distintas etapas del proceso desde la celebración del contrato, su perfeccionamiento, el inicio, terminación, liquidación y el pago de las garantías contractuales. 

En el oficio, la Procuraduría explicó que el proceso se inició con un valor superior a los 8.400 millones de pesos y se culminó pagando la suma de 16.884 millones de pesos, luego de siete prórrogas y cuatro adiciones presupuestales. 

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Entre otras irregularidades, se habrían firmado adiciones al contrato inicial por más de 3.200 millones de pesos para incluir el suministro del mobiliario, las cuales no contaban con la debida justificación y estudios previos que sirvieran de base para demarcar el marco jurídico de lo que se estaba acordando. 

Igualmente, se habrían realizado modificaciones para aumentar en más de 50% las cantidades de obra que se debían ejecutar que sería una “situación que vulneraba la normatividad legal que establece que los contratos no pueden adicionarse más allá de la mitad de su valor inicial”.

Por esos hechos, la Procuraduría profirió dos cargos disciplinarios en contra de Caicedo Omar, calificados como falta gravísima cometida a título de culpa gravísima y falta grave con culpa grave.

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Cabe mencionar que en la investigación también están vinculados Rafael Alejandro Martínez, alcalde de Santa Marta entre 2016 y 2019, Pablo José Lacouture Mercado y Sánder Alfonso Rodríguez Peña, quienes serían exgerentes de infraestructura de la ciudad. 

Finalmente, el organismo calificó la aparente conducta del exalcalde Rafael Alejandro Martínez como una falta grave a título de culpa gravísima; la de Pablo José Lacouture Mercado como una falta gravísima con culpa gravísima y la de Sánder Alfonso Rodríguez Peña, como una falta grave cometida con culpa gravísima. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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