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Gustavo Petro
Gustavo Petro
Colprensa

El Consejo de Estado respondió a la solicitud de aclaración que envió el procurador General, Fernando Carrillo al fallo que tumbó el fallo emitido por Alejandro Ordóñez Maldonado que destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro por el cambio de esquema de basuras.

La Sala Plena explicó que la Procuraduría mantiene sus competencias de investigar y sancionar disciplinariamente a funcionarios públicos que sean elegidos por voto popular. 

Fuentes del alto tribunal señalaron que al citar la jurisprudencia de la Corte Constitucional, el Ministerio Público está en la capacidad de hacer sus funciones de investigador contra servidores públicos especialmente cuando incurren en faltas gravísimas.

El fallo del Consejo de Estado que tumbó la sanción disciplinaria Petro se conoció en noviembre del 2017. Con 17 votos a favor, la Sala Plena consideró que la decisión que proferida por Ordóñez había vulnerado los derechos fundamentales del exalcalde. 

En su momento, el magistrado Jorge Octavio Ramírez explicó que se acataron las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) de levantar la suspensión proferida contra Petro. 

En la decisión se ordenó el pago del salario que Petro dejó de recibir durante el tiempo que estuvo separado del cargo. Es decir un mes y medio antes de las medidas cautelares que interpuso el organismo internacional. 

Entre las recomendaciones de la Comisión, se establecía mantener los derechos políticos al exalcalde Petro argumentando que ninguna autoridad administrativa podría inhabilitar a alguien que ha sido elegido por voto popular. 

Frente a esta decisión, el Procurador General señaló que el fallo del Consejo de Estado deja claras las líneas de investigación del Ministerio Publico contra funcionarios de elección popular, “lo que nos interesa de acá en adelante es no debitar las herramientas en la lucha contra la corrupción y eso lo ha dicho el Consejo de Estado”. 

Dijo que las intervenciones de la Procuraduría “seguirán adelante en la plenitud de las potestades disciplinarias (...) acá hay que definir lo que es un acto de corrupción y seguir en ese campo”.  

Carrillo señaló que “el estándar para funcionarios de elección popular son los actos y hechos de corrupción para los demás vienen otro tipo de faltas, lo importante es que las facultades de la Procuraduría siguen incolumes”. 

Fuente

RCN Radio

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