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Gustavo Petro y Gustavo Bolívar fueron denunciados por el delito de injuria y calumnia.
Gustavo Petro y Gustavo Bolívar fueron denunciados por el delito de injuria y calumnia.
Colprensa

El Consejo de Estado rechazó la demanda que buscaba la pérdida de investidura en contra de los congresistas Gustavo Petro Urrego, Iván Cepeda Castro, Aida Avella Esquivel, Feliciano Valencia, Inti Asprilla, Antonio Sanguino y María José Pizarro. 

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Para los magistrados de la Sala Plena no se pudo demostrar que los senadores y representantes a la Cámara hubieran incurrido en un conflicto de intereses cuando participaron en el debate y posterior votación del proyecto de ley que buscaba reformar y fortalecer "el carácter civil de la Policía Nacional (ley 62 de 1993)".

Para el demandante, por sus antecedentes y posiciones personales estos congresistas "tenían un impediemento de tipo moral" por lo que debían declararse impedidos para participar en el debate, situación que no ocurrió.

En la acción jurídica se mencionaba que estos dirigentes políticos habían hecho parte de grupos al margen de la ley o en diferentes escenarios habían atacado a la Fuerza Pública.
 

Para el demandante, por sus antecedentes y posiciones personales estos congresistas "tenían un impediemento de tipo moral" por lo que debían declararse impedidos para participar en el debate, situación que no ocurrió.

En la acción jurídica se mencionaba que estos dirigentes políticos habían hecho parte de grupos al margen de la ley o en diferentes escenarios habían atacado a la Fuerza Pública.

PÉRDIDA DE INVESTIDURA
Consejo de Estado

En el caso del senador del Polo Democrático, Iván Cepeda Castro se argumentaba que sus padres habían hecho parte del Partido Comunista y la Unión Patriótica (UP), teniendo relación con la guerrilla de las Farc. 

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Además de buscar la liberación del excomandante de las Farc, Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias 'Jesús Santrich' y defender el proceso de paz que se adelantó con ese grupo guerrillero.

Por estos, y otros antecedentes, sostuvo que Cepeda tenía un "marcado interés" en debilitar el accionar operativo de la Policía Nacional.

En el caso de María José Pizarro Rodríguez, representante a la Cámara, se manifestó que su papá, Carlos Pizarro Leongómez, fue comandante del M-19 y participó en la toma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.

"La parlamentaria culpa al Estado colombiano, incluida la fuerza pública, por la muerte de su padre, hecho por el cual no oculta animadversión en contra de la Policía", señaló el demandante.

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En el fallo de 42 páginas se reseña que en ningún momento se pudo comprobar el conflicto de interés o la voluntad de los demandados de debilitar a la Policía Nacional.

Reseñando que los mismos congresistas hacen parte de la oposición, situación que debe protegerse y respetarse teniendo en cuenta la ley y la Constitución Política.

"La oposición política está reconocida como un derecho fundamental, que tiene por finalidad 'proteger alternativas políticas, distentir, criticar, fiscalizar y ejercer libremente control político a la gestión de Gobierno', como lo establece la ley 1909 del 2018.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo rechazó además la solicitud para compulsar copias ante la Corte Suprema de Justicia para que se investigarán a estos congresistas.

Fuente

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