Recursos del Sistema General de Salud no son embargables: Corte Constitucional
El pronunciamiento se dio al ordenar la devolución de varios millones de pesos, que fueron embargados a la EPS Coomeva.
La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado de atención a los jueces de la República, para no ordenar embargos a los dineros del Sistema General de Salud ya que son dineros públicos inembargables.
“Los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que tienen como fuente las cotizaciones de los afiliados al sistema son públicos, tienen destinación específica y ostentan la calidad de inembargables, sin que respecto de ellos resulten predicables las excepciones a la inembargabilidad definidas por la jurisprudencia constitucional”, explicó ese tribunal.
El llamado se dio al estudiar una tutela que presentó la EPS Coomeva, cuyos recursos que estaban en una cuenta maestra de recaudo, fueron embargados por orden judicial.
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La EPS explicó que esos dineros estaban destinados a garantizar la operatividad de la entidad de salud y la atención de los usuarios del sistema.
"La indebida aplicación de la orden de embargo que está haciendo el Banco AV Villas, al retener recursos públicos de Estado que hacen parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud y no son administrados por Coomeva EPS, hecho con el cual está perjudicando a Coomeva EPS y todos los actores", indicó la EPS.
En ese sentido, la Corte Constitucional dio un plazo de 48 horas para devolver los dineros que suman más de 53.000 millones de pesos y que "fueron transferidos por el Banco AV Villas".
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Así las cosas, el fallo le ordenó al Banco AV Villas reintegrar la totalidad de los dineros debitados a Coomeva EPS y desbloquear de inmediato la cuenta.
“Las excepciones la inembargabilidad exigen una interpretación estricta y restrictiva, puesto que implican la extraordinaria posibilidad de superponer otros principios y derechos, por sobre el interés público de preservar los recursos específicamente destinados a garantizar la salud”, puntualizó la Corte sobre la decisión.
Asimismo, la Superintendencia Financiera tendrá 48 horas para emitir una circular en la que ponga en conocimiento de todas las entidades sometidas a su vigilancia, el contenido de la decisión.
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La decisión se tomó por la Sala Novena de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, integrada por la magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y el entonces magistrado Alberto Rojas Ríos.
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