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La vacuna sería suministra vía oral.
El 70% de la población bogotana ya tiene su primera dosis de la vacuna COVID-19.
Universidad Simón Bolívar

Dos representantes legales y dos prestadores de servicios de salud de IPS fueron sancionadas económicamente por la Superintendencia Nacional de Salud, luego de evidenciar el incumplimiento del Plan Nacional de Vacunación anticovid en temas relacionados con la pérdida de biológicos; falencias en cadena de frío para la conservación y principalmente, la aplicación de vacunas a personas sin priorización.

Se trata de Clínica Oriental del Caribe, IPS ubicada en el municipio de Soledad (Atlántico) que fue sancionada con 1.362 millones de pesos, mientras que la Fundación Oftalmológica de Santander (Foscal) fue multada con 363 millones de pesos.

La Supersalud confirmó que tras las labores de inspección y vigilancia, en el caso de la Clínica Oriental del Caribe se demostró que la institución no prestaba servicios de salud desde octubre de 2019.

“Se pudo evidenciar que en abril de 2021 gestionó, postuló y priorizó la vacunación de 11 personas que no pertenecían al personal de primera línea, entre ellas la mencionada representante legal”, indicó la SuperSalud a través de un comunicado.

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Esa entidad apuntó que el proceso adelantado por la Delegatura de Investigaciones Administrativas, se pudo constatar que al interior de la Clínica Oriental del Caribe se hizo una indebida priorización de su personal al hacer pasar en calidad de talento humano en salud a personas que no lo eran.

“Esta sanción en particular fue calificada a título de dolo por la gravedad de los hechos y la intención de la gerente Biledis Varela de Luque, de ocultar situaciones evidentes como que la clínica se encontraba cerrada y fue reabierta para dar curso a la vacunación irregular de personal no priorizado incluyéndose ella misma”, señaló.

El informe de la SuperSalud confirmó además que en el caso de la Fundación Oftalmológica de Santander (Foscal), no se tuvieron en cuenta los criterios de priorización establecidos por el Ministerio de Salud para la vacunación de la población en la primera etapa, al suministrar en febrero de 2021 la dosis del biológico a un cirujano plástico.

“En este caso, el proceso de investigación de la Supersalud evidenció también que la Foscal suministró el servicio de vacunación en un establecimiento que no contaba con autorización para ello, como lo era la sede de la clínica Fosunab, que no se encontraba habilitada para la prestación de dicho servicio”, destacó.

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Esa entidad añadió que la IPS desatendió los procedimientos y quebrantó la priorización determinada.

“Adicionalmente, no respondió oportunamente a los requerimientos y solicitudes de información formulados por la Superintendencia Nacional de Salud con ocasión de la mencionada irregularidad”, dijo.

La Superintendencia Nacional de Salud confirmó también la sanción a la ESE Departamental del Meta Solución Salud con una multa superior a los 180 millones de pesos, por incumplir con las obligaciones de almacenamiento, custodia y conservación de las vacunas contra el covid-19.

“Durante la investigación, se determinó que en marzo de 2021 la institución asistencial extravió un vial correspondiente al biológico Sinovac en el Centro de Atención de Mapiripán”, denunció.

La Supersalud resaltó que también fue sancionado José Rafael Domínguez Ayala, gerente de la ESE Fray Luis de León, de Plato (Magdalena), con una multa cercana a los 50 millones de pesos, tras no realizar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento a la normatividad del Plan Nacional de Vacunación.

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“En este caso la decisión se fundamentó en hallazgos asociados a la falta de condiciones mínimas para garantizar la cadena de frío para conservación de biológico, incumplimiento en el manejo de residuos hospitalarios, falencias en el agendamiento de citas para la vacunación e inadecuada priorización de nueve personas para la etapa 1 para la aplicación del biológico”, revela el informe.

La investigación de la Superintendencia Nacional de Salud mostró que el representante legal realizó un inadecuado proceso de priorización, caracterizando de manera irregular a personal administrativo y de mantenimiento que no se encontraba en una exposición permanente, intensa y directa al virus y privilegiando a personas sin el requisito de edad (60 años).

“La Delegatura para Investigaciones Administrativas pudo demostrar que Domínguez Ayala también desconoció los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación al no realizar las acciones necesarias para monitorear la productividad, el rendimiento de los vacunadores y el cumplimiento de las metas de vacunación”, señaló el informe.

La Supersalud confirmó que continúan realizando una evaluación a otros 23 procesos por irregularidades en el cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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