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ANTANAS MOCKUS
Antanas Mockus en la Plenaría del Senado en la que se discutieron las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la JEP.
Colprensa

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del fallo que anuló la elección de Antanas Mockus como senador de la República para el período 2018-2022. El alto tribunal igualmente reactivó  la credencial que lo acredita como congresista hasta que se resuelva la tutela que interpuso. 

Con ponencia de la magistrada Nubia Margoth Peña, la Sección Primera del Consejo de Estado aceptó la medida provisional solicitada en la tutela presentada por el abogado Humberto de la Calle para que se revisen los alcances del fallo emitido el pasado 11 de abril. 

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En este sentido se manifiesta que se debe garantizar el debido proceso al exalcalde de Bogotá, reseñando que el máximo tribunal de lo contencioso administrativo deberá determinar si se presentó una violación al derecho del non bis in idem, es decir no ser juzgado dos veces por los mismos hechos. 

"La medida provisional consistente en la suspensión provisional de los efectos de la sentencia de nulidad electoral tiene el efecto directo de proteger los derechos fundamentales presuntamente vulnerados", precisa uno de los apartes del fallo.

La magistrada ponente manifiesta la necesidad de un "pronunciamiento provisional, a fin de evitar que por la obligatoriedad que conlleva la decisión de anulación de la elección, el actor ya no pueda ejercer sus funciones como congresista". 

En la tutela radicada por De la Calle se manifiesta que en un fallo anterior la Sala Plena del Consejo de Estado había dejado en firme la investidura de Mockus por los mismos hechos por los que su elección fue anulada.  

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En dicha acción se resaltó que se presentó una irregularidad puesto que la Sección Quinta no podía emitir una decisión de fondo frente a la nulidad de Mockus puesto que debía esperar que la Sala Plena resolviera el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que dejó en firme la pérdida de investidura del congresista de la Alianza Verde. 

Anulan elección de Antanas Mockus

La nulidad de la elección

El pasado 11 de abril, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Antanas Mockus al concluir que para noviembre de 2017 seguía fungiendo como representante legal de la entidad sin ánimo de lucro Corpovisionarios. En esa época dicha ONG firmó contratos con el Estado. 

En el debate jurídico se señaló que pese a que esos contratos "fueron materialmente suscritos" por Samuel Murrain como director ejecutivo de dicha ONG, "lo cierto es que este actuó en nombre y representación de quien ostentaba la representación legal de la corporación, esto es, del señor Antanas Mockus".

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Debido a esto, la Sala comprobó que el director ejecutivo actuó en nombre de quien verdaderamente tenía la representación legal de la entidad, es decir Antanas Mockus, por lo que dichos contratos fueron en realidad celebrados por el exalcalde de Bogotá.

Por estas razones, el Consejo de Estado determinó que se incurrió en una violación a la prohibición establecida en el numeral 3º del artículo 179 de la Constitución Política. La Sala consideró que el senador de la Alianza Verde incurrió en una inhabilidad conocida como "celebración de contratos con entidades públicas”. 

En la demanda de nulidad electoral, presentada por los abogados José Manuel Abushaibe, Nesly Edilma Rey, Víctor Velásquez Reyes y el partido Opción Ciudadana, se señala que Mockus estaba inhabilitado por sus vínculos con la ONG Corpovicionaros, de la cual fue fundador y en noviembre de 2017 firmó contratos con el Estado. 

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“A esa representación no había renunciado ni la había trasladado ni delegado, en tanto no figura en registro formal ante la Cámara de Comercio. Así las cosas, el demandado incurrió en la inhabilidad prevista en el numeral 3º del artículo 179 superior por haber intervenido en la celebración de un contrato con entidad pública, en interés propio o de terceros, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de su elección como Senador”, precisa uno de los apartes de la demanda. 

El contrato que había suscrito Corpovisionarios con el Estado tenía como objetivo “aunar esfuerzos humanos, administrativos, técnicos y financieros, para apoyar el diseño y la implementación de un ejercicio de visión compartida en el Departamento de Cundinamarca, que desde el enfoque de cultura ciudadana contribuya a la construcción de una mirada de paz por parte de la ciudadanía, que parte de la corresponsabilidad en las relaciones personales y familiares de la vida cotidiana, con énfasis en el trabajo en jóvenes”.

En una sentencia pasada (fechada el 19 de febrero de 2019) el Consejo de Estado había mantenido la investidura de Mockus por una demanda relacionada a estos mismos hechos. En esa oportunidad el despacho de la magistrada Adriana Marín no encontró pruebas suficientes para decretar la muerte política de Mockus. Esa decisión fue apelada por los demandantes. 

Fuente

RCN Radio

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