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La Procuraduría General dejó en firme la sanción disciplinaria contra Oscar Hernando Motta Vargas como director de las TIC en la Alcaldía de Neiva. En el fallo se advirtió que existen suficientes elementos materiales probatorios para determinar que el funcionario presentó documentación falsa para acreditar sus estudios universitarios y poder así llegar al cargo.

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Tras resolver un recurso extraordinario en contra del fallo emitido por la Personería de Neiva, el Ministerio Público determinó que al funcionario se le respetaron sus derechos al debido proceso y a la defensa durante el proceso disciplinario que se le adelantó por haber presentado documentación evidentemente falsa de sus estudios universitarios.

Según reveló el diario La Nación, Motta Vargas presentó un acta y diploma falso de la Universidad Católica de Colombia que lo acreditaba como ingeniero de sistemas. En el fallo se determinó que la falsedad resultó "tan evidente" cuando presentó el diploma con la "palabra universidad se escribe con B y no con V, al igual que la palabra Neiva, la cual también fue escrita de manera errada con la letra B”.

Error ortográfico delató al director de las TIC en Neiva sobre falsa documentación

Tras conocerse la denuncia radicada en mayo de 2017 por la secretaria General de la Alcaldía de Neiva, Liliana Trujillo y la representante de Talento Humano de la Alcaldía, Rosa Fernanda Chacón Antía sobre una documentación falsa, la Universidad respondió que en efecto no aparecía nigún registro de los estudios de Motta Vargas y mucho menos un acta de grado.

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Para acceder al cargo, Motta presentó la documentación y juró que estaba en capacidad de certificar la autenticidad y validez de todos los datos aportados a su hoja de vida. Sin embargo, la Universidad acreditó que jamás se le expidió ningún título universitario y que la tarjeta profesional allegada como ingeniero de sistemas no existía.

Tras el fallo de primera instancia emitido por la Personería el 10 de septiembre de 2021, la defensa del destituido funcionario aseguró que su cliente estaba realizando la carrera de Ingeniería en otra universidad "con el fin de remediar su falta". La Personería señaló en su momento que el recurso de apelación para que se revisara el caso había sido presentada de forma extemporánea.

Fuente

Sistema Integrado Digital

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