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Aerolínea Avianca
Aerolínea Avianca.
AFP

La Corte Constitucional  falló una tutela a favor de tres pilotos de la Asociacion Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac),  con la que advierte que tendrán 10 días para solicitar a Avianca su reintegro y ésta deberá aceptarlo. 

Con siete votos a favor,  la sala plena de la Corte determinó que se habían vulnerado los derechos fundamentales de los tres pilotos sindicalizados al despedirlos luego del paro de Acdac del 2017 que duró más de 40 días.

En uno de los casos puntuales, la Corte encontró que Avianca había vulnerado el derecho de autonomía sindical de uno de los pilotos, quien hacía parte de las directivas del sindicato. 

Lea: Corte falla a favor de tres pilotos que fueron despedidos tras paro del 2017

En ese caso, la Corte encontró que en ningún momento el piloto solicitó el permiso sindical, sino que al contrario, la empresa de aviación “le impuso el permiso“, impidiendo cumplir con sus obligaciones de volar. 

La Corte encontró que en ninguno de los tres casos “Avianca le permitió a los pilotos seguir volando“, e inició procesos disciplinarios en contra de sus trabajadores sin permitirles defenderse.

“La empresa no les permitió solicitar, practicar y controvertir las pruebas con fundamento en las cuales dio por acreditada su participación activa en el cese de actividades”, dice el comunicado oficial de la Corte sobre la decisión

 La presidenta de la Corte, la magistrada Gloria Estela Ortíz, explicó que si los pilotos solicitan el reintegro e inician nuevamente labores, Avianca tendrá la posibilidad de iniciar nuevamente el proceso disciplinario, pero advirtió que éste deberá respetar el debido proceso con garantías y con presencia del Ministerio del Trabajo.

“Exhortó a Avianca para no volver a cometer estas irregularidades y ordenó al Ministerio del Trabajo que intervenga en estos proceso (...) si la empresa así lo considera, está facultada para adelantar procesos disciplinarios con las garantías que permiten a los pilotos aportar pruebas y defenderse frente a las acusaciones contra ellos”, dijo la magistrada. 

La magistrada también explicó que si los pilotos desean solicitar el reintegro de su dinero por el tiempo en el que dejaron de trabajar, podrán hacerlo ante un juez competente. 

La decisión de la Corte Constitucional no afecta el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró ilegal la huelga de los pilotos de sindicalizados de Acdac. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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