Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Gustavo Petro
Gustavo Petro
Colprensa

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, negó una acción de tutela instaurada por el candidato presidencial, Gustavo Petro Urrego, con la que pretendía la digitalización y publicación de los escrutinios de los jurados de las mesas de votación en la pagina web de la Registraduría Nacional para las consultas interpartidistas que se adelantarán el próximo 11 de marzo.

En su decisión, el Tribunal concluyó que en este caso no se le violaron los derechos fundamentales a elegir y ser elegido por parte del candidato presidencial por el movimiento "Bogotá Humana". 

En el debate jurídico se indicó que no se le vulneró el derecho a conocer los resultados electorales ya que "entre otros instrumentos de publicidad y transparencia (...) los testigos electorales recibirán copias de las actas parciales y definitivas del escrutinio y asimismo, podrán dejar los registros que consideren pertinentes usando cámaras fotográficas y de video".

Igualmente, los magistrados indicaron que tampoco se acreditó que Petro hubiera reclamado de manera directa al Consejo Nacional Electoral o a la Registraduria Nacional del Estado Civil sobre la petición para digitalizar los formularios E-14.

"Una vez el accionante acredite haber formulado alguna petición  las autoridades accionadas, si no obtiene respuesta concreta y de fondo, podrá acudir a la tutela para deprecar la protección de sus derechos fundamentales", señala uno de los apartes de la decisión que fue notificada este jueves. 

La decisión fue adoptada por la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamaraca, integrada por los magistrados José Rodrigo Romero, Alberto Espinosa Bolaños y Luis Gilberto Ortegón.

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.