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Cortesía: JEP

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió para su estudio una acción de tutela instaurada en contra de las objeciones que realizó el presidente Iván Duque a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para La Paz, JEP.

Esta acción judicial fue interpuesta por el abogado constitucionalista Julio Alberto Tarazona Navas, alegando la protección a los derechos al debido proceso y al cumplimiento de los fallos judiciales.

Según el autor de la tutela en este caso el presidente Iván Duque está actuando en contra de la sentencia C-080 de 2018, que concluyó en declarar la constitucionalidad de la ley estatutaria de la JEP. 

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En la misma decisión, el Tribunal negó la petición para aplicar medidas provisionales tendientes a que los presidentes del Senado, Ernesto Macías, y de la Cámara de Representantes, Alejandro Chacón, no dieran trámite a las objeciones, formuladas por el jefe de Estado.

Pese a que el abogado Tarazona Navas alegaba con las medidas provisionales que se pretendía evitar un perjuicio irremediable al proceso de paz, el Tribunal señaló que esa materia hace del análisis de fondo de la tutela.

El argumento de fondo de la tutela está orientado a plantear que al presidente Iván Duque no le estaba permitido formular objeciones a esta ley estatutaria, porque no se pueden reabrir discusiones sobre todos los temas que ya fueron discutidos.

Según el promotor de la tutela está ley estatutaria de la JEP ya había sido objeto de análisis de constitucionalidad y por ello no le correspondía al presidente de la República objetarla.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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