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Chuzadas
Chuzadas. Imagen de ilustración
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca halló culpable al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por los seguimientos ilegales realizados a Iván Velásquez Gómez, cuando se desempeñaba como magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia.

En su decisión, se condena al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Fiduciaria La Previsora S.A, en su calidad de sucesor procesal del DAS, al pago de cien salarios mínimos mensuales vigentes al ex magistrado.

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De igual forma, deberán ser indemnizados con el pago de 225 salarios mínimos mensuales vigentes, los integrantes del núcleo familiar del ex magistrado Velásquez, debido a que también fueron objeto de estos graves hechos por parte del extinto organismo de seguridad.

El fallo también ordena en un plazo no mayor a 30 días, realizar un acto de disculpas públicas que deberá estar presidido por los directores del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el que se haga referencia a los principales fundamentos de la sentencia, bajo la premisa de no repetición de los hechos cometidos.

De acuerdo con el Tribunal, las acciones cometidas en este caso por el extinto DAS como órgano de inteligencia del Estado, vulneraron el derecho a la intimidad del ex magistrado Velásquez.

Según las investigaciones, uno de los ex funcionarios del DAS quien hacía parte del esquema de seguridad del ex magistrado de la Corte Suprema, se valió de su cargo para recolectar información que era de carácter personal y familiar, para luego remitirla a la Presidencia de la República.

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Con relación a ese caso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca encontró responsable al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, que para la época de los hechos (durante el Gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez) estaba en cabeza de Bernardo Moreno.

Uno de los apartes del fallo, señala que “se puede afirmar que las operaciones de inteligencia realizadas por el DAS fueron promovidas por el Director de este Departamento, teniendo en cuenta que era el destinatario de la información de inteligencia, a sabiendas que la misma se obtenía a través de procedimientos ilegales”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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