Tribunal estudiará acción popular que busca tumbar la salida de Uber de Colombia
La acción busca amparar los derechos de los trabajadores y usuarios de esa plataforma.
La Seccción Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió el estudio de una acción popular con la que se busca tumbar la sanción impuesta por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que determinó que la plataforma Uber no puede seguir operando en Colombia desde el próximo 31 de enero por ser “competencia desleal”.
Esta acción judicial, que fue instaurada por el abogado Hermann Gustavo Garrido Prada, busca amparar la protección de los derechos e intereses colectivos, la defensa del patrimonio público, el acceso a los servicios públicos para que su prestación sea eficiente y oportuna y los derechos de los consumidores y usuarios.
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Según esta demanda, con la decisión de la SIC se están vulnerando los derechos de los millones de colombianos que a diario utilizan los servicios de la plataforma de Uber para movilizarse y otros para prestar el servicio de transporte.
En la acción se le pide a los magistrados que se exhorten al presidente Iván Duque para que presente, ante el Congreso de la República, un proyecto de ley para regular el servicio de transporte público privado a través de plataformas tecnológicas, o que le otorgue facultades extraordinarias para regularlo directamente.
También se le pide al Tribunal que llame al Congreso de la República para que le de trámite de urgencia a las iniciativas legislativas que cursen o que se presenten para regular el servicio de transporte privado, por medio de plataformas tecnológicas.
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Pese a aceptar el estudio de la demanda, los magistrados del Tribunal negaron las medidas cautelares con las que se pretendían suspender los efectos de la decisión de la SIC, argumentando que esa determinación originó el anuncio de Uber de retirarse de Colombia el primero de febrero.
El Tribunal de Cundinamarca señaló que la jurisdicción de lo contencioso administrativo no es competente para conocer y emitir una suspensión de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio.
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