Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Hospital San Juan de Dios en Bogotá.
Colprnesa

Tras fallar una acción judicial, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Alcaldía de Bogotá, la Empresa de Renovación Urbana (ERU) y los ministerios de Salud, Educación y Cultura reabrir el Hospital San Juan de Dios. 

En el fallo se pide que se tomen todas las acciones dirigidas para asegurar la educación universitaria en el área de salud y en el desarrollo de trabajos de investigación; además del desarrollo de programas para el fomento de la salud y medicina preventiva y la prestación con preferencia de servicios médico-asistenciales a las personas carentes de recursos económicos en los distintos niveles de atención y estratificación. 

Paola Iregui, abogada y supervisora del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, explicó que “luego de 9 años la justicia ha llegado a un veredicto final en torno a este caso y que con esta decisión triunfa la protección a los derechos colectivos a la salubridad pública, el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, y la protección del patrimonio histórico y cultural de la Nación”.

La jurista recordó que el Hospital San Juan de Dios, Patrimonio Cultural de la Nación, había cerrado sus puertas el 29 de septiembre de 2001, pese a ser el hospital público de mayor importancia en el país.

Asimismo sostuvo que gracias a este fallo será posible asegurar la prestación de servicios de salud para todas aquellas personas que lo necesitan.

“El hospital fue cerrado en su momento pese a que aseguraba  la prestación del servicio de salud de forma incondicional a todas las personas sin la necesidad de que mediara una afiliación al Sistema General de Salud, es decir, sin que nadie requiriera pertenecer al régimen contributivo o subsidiario para acceder a la atención en salud en garantía de una vida digna”, dijo la abogada Iregui.

El fundamento legal fue la Constitución, la Ley 472 de 1998 y la Ley 735 de 2002, pues justamente la misma declaró como monumentos nacionales al Hospital San Juan de Dios y al Instituto Materno Infantil, contemplando el aspecto material (la estructura física, edificios, cuadros, etc.) y lo inmaterial (la forma en que se presta el servicio en lo relacionado con la atención directa a las personas de escasos recursos sin la intermediación del actual servicio de salud, la formación de estudiantes universitarios y la promoción de la medicina preventiva)”, agregó la abogada. 

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.