Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Luis Alfredo Ramos, exgobernador de Antioquia
Luis Alfredo Ramos, exgobernador de Antioquia
Colprensa

El magistrado de la Corte Constitucional, José Fernando Reyes Cuartas tiene en sus manos la tutela que interpuso el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos contra Noticias Uno por la revelación de la ponencia de la Corte Suprema de Justicia que proyectaba su condena a 108 meses de cárcel y ordenaba su captura en el proceso que se le adelanta por la 'parapolítica'.

El alto tribunal revisará la decisión del Tribunal Superior de Medellín que le ordenó a Noticias Uno rectificar la noticia de la ponencia. En su defensa, el medio de comunicación asegura que el informe es verídico y no se puede rectificar.

“Nuestro periodista confirmó con el ponente que el sentido de fallo iba en ese sentido, es decir condenado a Luis Alfredo Ramos. Ellos decían que la ponencia no había sido radicada y a la hora de rectificar, la ponencia si había sido radicada y si había ponencia. Nos tocó rectificar una noticia que era verdad”, señaló Ignacio Gómez, subdirector de Noticias Uno.

Le puede interesar: ¿Director de La Modelo restringió libertad de expresión de expresidente de la ANI?

Ramos manifestó en la tutela que el noticiero le había vulnerado sus derechos a la honra y el buen nombre al dar una noticia sobre una ponencia que no había sido radicada, ni estudiada por los magistrados de la Sala de Casación Penal.

“Tampoco puede publicarse que existe una ponencia o un proyecto de sentencia condenatoria, cuando éste no ha sido radicado y puesto en consideración de los miembros del organismo judicial (…)  afectando el buen nombre y la honra de una persona que sin haber sido vencida en juicio, estaba siendo presentada ante la opinión pública en ‘precondición de ser condenado’”, señala unos apartes del fallo del Tribunal.

Le puede interesar: Flip califica como "censura" acción de tutela contra caricatura de Iván Duque

El fallo del Tribunal añadió que la información presentada por el noticiero fue en contra vía del derecho de presunción de inocencia, “aun cuando hubiera existido proyecto en tal sentido”.

Frente a este caso, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) ha manifestado que el fallo que ordenó al noticiero rectificar sienta “un grave precedente para el ejercicio de la libertad de expresión”.

En un comunicado, la Flip señaló que la decisión del juzgado fue insólita: "la rectificación no procede cuando la información publicada es veraz como es este caso pues en efecto el magistrado sí presentó ponencia condenatoria".

La Flip añadió en el artículo que “la prohibición de difusión de información veraz sobre un asunto de interés público es contraria a la libertad de expresión”.

Le puede interesar: Uribe no ha ordenado cerrar Noticias Uno: Centro Democrático

En el estudio que hará la Corte Constitucional sobre este caso, le solicitó un concepto a la Flip y a las facultades de Comunicación y Periodismo de las universidades Externado, Javeriana y Sabana.

También se solicitó un concepto de Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.