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Corte Constitucional
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Al estudiar 13 tutelas contra fallos de jueces que entregaron tierras baldías a particulares, la Corte Constitucional concluyó que existe una crisis nacional por el tema de la propiedad de la tierra rural. 

Según la Corte, se entiende como “un tratamiento desigual en la interpretación del régimen especial de baldíos y un incumplimiento por parte del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los campesinos”.

La Corte le pasó el tema al Congreso para que fortalezca la Agencia Nacional de Tierras, cree la jurisdicción agraria y “adecúe la legislación agraria con la finalidad de superar la inseguridad jurídica, la informalidad en el campo y la excesiva concentración de la propiedad rural, dentro del respeto del derecho de propiedad y las situaciones jurídicas consolidadas”.

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La Corte no tumbó ninguna de las 13 tutelas contra los fallos de los jueces bajo el argumento de “proteger los derechos de los particulares que mediante tales procesos pretendieron la regularización y formalización de la propiedad rural”.

Sin embargo, reiteró que las tierras baldías son propiedad de la Nación y que son imprescriptibles e inembargables por lo cual no pueden ser entregados a particulares bajo ninguna figura.

Las tutelas las presentó la Agencia Nacional de Tierras en contra de las decisiones de jueces de Boyacá, Cundinamarca y Santander que entregaron tierras baldías a particulares a través de procesos de pertenencia.

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En el marco del debate la organización Dejusticia puso en alerta a la Corte sobre la falta de un inventario claro y actualizado de las tierras baldías que deben ser entregadas a los campesinos en el marco del Acuerdo Final de Paz.

Aunque Dejusticia y la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo planteaban la posibilidad de decretar un Estado de Cosas Inconstitucional o vulneración masiva de derechos, fuentes de la Corte señalaron que la decisión no se plateó en esa vía.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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