Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Óscar Naranjo_
Óscar Naranjo, vicepresidente de la República.
Foto: Colprensa

La Cancillería confirmó el retiro del servicio diplomático en España de Carmenza Naranjo Trujillo, hermana del Vicepresidente de la República, general (r) Oscar Naranjo, quien había sido nombrada en el cargo provisional de “Ministro Consejero”, ante el consulado de Colombia, en Bilbao España.

La decisión se dio en cumplimiento a una orden judicial, luego de que un particular demandara el cargo de la funcionaria diplomática, argumentando que existía personal de carrera diplomática que podía ser nombrada en ese cargo.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió "Declarar la nulidad del decreto 684 del 26 de abril de 2017, mediante el cual se nombra a la señora Carmenza Naranjo Trujillo con carácter provisional, como Ministra Consejera, código 1014, grado 13, adscrito al consulado de Colombia en Bilbao, España”.

Posteriormente, el pasado 26 de abril, a través del decreto 724, la Cancillería decidió  acatar la orden judicial, por lo que Naranjo Trujillo tendrá dos meses para dejar el cargo.

Según fuentes del Ministerio de Relaciones Exteriores, consultados por RCN Radio, la salida de la abogada Naranjo, se produjo en el marco del respeto a las decisiones judiciales y precisaron que jamás existió un mal desempeño por parte de la funcionaria.

La defensa de la abogada Carmenza Naranajo durante el proceso judicial había asegurado que por ser una persona idónea para el cargo y además por su condición de madre de familia en situación de vulnerabilidad económica y próxima a pensionarse debía permanecer en el servicio diplomático, a lo que el tribunal respondió:

“No corresponde a esta sala determinar si la demandada en efecto se encuentra en extrema situación de vulnerabilidad económica que implique la afectación de su mínimo vital, así como tampoco que sea madre de familia y se encuentre próxima a pensionarse (...) no resulta procedente la solicitud de la demandada consistente en que sea tenida en cuenta su presunta situación de pre pensionada”.

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.