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Expresidente César Gaviria
Twitter Partido Liberal

El expresidente y máximo líder del partido liberal César Gaviria Trujillo, compartió un documento de 49 páginas en el cual fija su posición sobre la reforma a la salud y a su vez hace algunas propuestas sobre puntos fundamentales que, según su criterio, deberían estar incluidos en el proyecto de ley que se llevará al Congreso. 

En el informe que se denomina “desempeño del sistema de salud en Colombia para no arrasar, sino fortalecer”, y que también está firmado por Germán Escobar Morales, ex viceministro de salud pública del gobierno Duque; uno de los puntos destacados es donde hablan de las EPS resaltando que los usuarios a través de las encuestas han calificado su atención como buena o muy buena, por eso se sugiere que no deberían ser eliminadas, pero sí reguladas.  

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Dentro de las reflexiones se resalta que el sistema de salud de Colombia muestra ejemplos interesantes y eficientes de la gestión del riesgo en salud de los pacientes, por ejemplo, en eventos como la Enfermedad Renal Crónica, en la cual, antes de la pandemia se observaba una disminución muy pronunciada de la mortalidad o la hemofilia. De igual forma, los resultados en acceso a terapias antirretrovirales indicadas de la población con VIH, por parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud, supera el 95%, consiguiendo anticipadamente la meta a 2030 de la agenda global en esta materia. 

También aseguran que la gestión del riesgo de los pacientes con cáncer muestra resultados mixtos, con una mejora en la oportunidad para el inicio del tratamiento para cáncer de mama y de la tasa de mortalidad de cáncer de cuello uterino. 

El exmandatario, propone 17 puntos para “ajustar elementos estructurales del sistema de salud”:  

1-Desarrollar las diferentes normas de la Ley Estatutaria del Derecho Fundamental a la Salud (Ley 1751 de 2015), ya avalada por la Corte Constitucional, que no han sido implementadas a pesar de que están encaminadas a proteger el goce efectivo del derecho a la salud en condiciones equitativas y sostenibles asi como a promover políticas de prevención y promoción de la salud. Ni la Ley Estatutaria ni la Corte Constitucional han exigido un cambio extremo de sistema creado por la Ley 100 de 1993, declarado ajustado a la Constitución en sus elementos esenciales a lo largo de 30 años de jurisprudencia constitucional.  

2-Fortalecer las capacidades de la Superintendencia de Salud, inclusive en materia de inspección y vigilancia financiera, con el fin de que pueda hacer un seguimiento integral al funcionamiento del sistema de salud y adoptar medidas de manera oportuna cuando identifique fallas o abusos en las EPS o las IPS que requieren correctivos o sanciones, teniendo como norte el funcionamiento eficiente, equitativo y sostenible del sistema para lograr la protección de los usuarios y sus derechos.  

3-Generar un instrumento de resolución de conflictos del sector salud que sea más accesible y más rápido que la acción de tutela. Este sería administrado por la Superintendencia Nacional de Salud, o el Ministerio de Salud, y debe ser diseñado de tal forma, que permita el acceso oportuno a la resolución ágil de solicitudes y o conflictos entre los usuarios y el propio sistema, en el marco de la Ley Estatutaria de la Salud 1751 de 2015, pero con pleno 37 conocimiento de niveles razonables de cumplimiento eficiente. 

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4-Generar mayores capacidades e instrumentos técnicos para el monitoreo y la coordinación de la gestión integral del riesgo en el Gobierno Nacional y las Entidades Territoriales, de tal forma que se pueda evidenciar con oportunidad desviaciones en los procesos de atención y mejorar la integralidad y calidad de los servicios prestados.  

5-Eliminar barreras de acceso administrativas innecesarias, en el marco de rutas integrales de atención.  

6-Enfocar los esfuerzos en la generación de rutas integrales, tanto administrativas como clínicas y de atención, sobre todo en los grupos de riesgo que muestran un deterioro en sus indicadores de resultado.  

7-Exigir por medio de una reforma legal que la integración vertical se reduzca gradualmente en un porcentaje de 10% cada año según el plan que presente cada EPS con el correspondiente control y vigilancia de la superintendencia de salud fortalecida.  

8-Desarrollar los componentes del derecho fundamental a la salud establecidos en la Ley Estatutaria y preciados por la jurisprudencia constitucional, en especial la libertad de escoger prestador y estar adecuadamente informado sobre las opciones en materia de prevención, diagnóstico, atención y curación.  

9-Adoptar políticas específicas para controlar los abusos dentro del sistema y luchar contra la corrupción, con el fin de asegurar que los recursos de la salud se destinan exclusivamente a satisfacer el derecho a la salud y a garantizar condiciones dignas y justas para el personal de salud. 

10-Introducir mecanismos de ajuste de riesgo tanto ex ante como ex post en la Unidad de Pago por Capitación por los principales grupos de riesgo, de tal forma que se introduzcan incentivos a resultados y buena gestión. 

11-Promover la eliminación del pago por evento a lo largo de la cadena de valor, la limitación de la integración vertical, en favor de un sistema más eficiente y transparente. 

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12-Acelerar la interoperatividad de la historia clínica y la consolidación de un sistema integral de información que permita hacer seguimiento administrativo a las transacciones en salud.  

13-Diseñar una política de innovación en salud, de largo plazo que fomente el desarrollo de capacidades locales de investigación, desarrollo y producción, la transferencia de tecnología, pero también la introducción de nuevas tecnologías en salud con visión de valor terapéutico y calidad de vida medible y evidenciable.  

14-Unificar la gestión de la salud pública en los territorios, mediante un nuevo arreglo institucional que permita la intervención consolidada de las familias y comunidades.  

15-Diseñar un esquema de subsidio a la oferta, pero condicionado a indicadores de resultado y calidad, para hospitales públicos de centros rurales. 

16-Adoptar medidas para dignificar el servicio prestado por los médicos y los trabajadores que apoyan su labor con servicios de enfermería, así como para garantizarles una remuneración justa. 

17-Mientras estas reformas se materializan, adoptar las decisiones necesarias para que los recursos del sistema fluyan de manera oportuna a las EPS e IPS para que financien de manera oportuna, adecuada y sostenible los servidos de salud de los cuales depende el goce efectivo del derecho fundamental a la salud. 

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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