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Humberto de la Calle habla sobre los diálogos con el ELN
Humberto de la Calle habla sobre los diálogos con el ELN
Colprensa

Continúa la polémica por la petición que hizo Humberto de la Calle a Ingrid Betancourt para que posponga su candidatura presidencial, con el fin de que pueda apoyar la aspiración de Sergio Fajardo.

La solicitud se basa en un concepto emitido por el Ministerio del Interior en el que se advierte que podría incurrir en doble militancia por haber tenido el aval del partido Verde Oxígeno (liderado por Betancourt) para ser elegido como senador de la República por la coalición Centro Esperanza.

Sin embargo, la entidad emitió un comunicado en el que señala que este concepto que pidió la propia campaña de De la Calle no es vinculante y no se constituye en ninguna decisión judicial que pueda tener efectos en su contra.

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En el comunicado, la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, advirtió que no tiene ningún tipo de facultad para advertir sobre una posible inhabilidad en el caso de Humberto de la Calle.

“La presente respuesta tiene la naturaleza de un concepto jurídico; solamente constituye un criterio auxiliar de interpretación (…) Por lo tanto, se aclara que la respuesta dada bajo el radicado EXT_S22-00012484-PQRSD-010091-PQR, no es vinculante, y así se manifestó en la misma”, indica la comunicación.  

El documento agrega que “se reitera que la respuesta dada por la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal NO corresponde a ninguna certificación; fallo o concepto definitivo, toda vez que esta cartera no es la llamada a certificar, investigar y/o sancionar causas referentes a inhabilidades por doble militancia”.

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Ante esta situación, el Ministerio del Interior anunció que procederá a enviar el caso al Consejo Nacional Electoral y el Consejo de Estado para que evalúe el tema.

Este es el comunicado emitido por el Ministerio del Interior:

1. El 14 de febrero de 2022 se recibió derecho de petición, por parte del señor WILSON CASTRO MANRIQUE, gerente de la campaña al Senado de la República, del doctor HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA, el cual fue trasladado a dicha dirección, por el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP-, previa presentación inicial ante el Consejo Nacional Electoral.

2. La Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior, dio respuesta al mismo indicando:

“La presente respuesta tiene la naturaleza de un concepto jurídico; solamente constituye un criterio auxiliar de interpretación, de conformidad con lo establecido en los artículos 230 de la Constitución Política, 26 del Código Civil y 28 del Código Contencioso Administrativo”

3. Por lo tanto, se aclara que la respuesta dada bajo el radicado EXT_S22-00012484-PQRSD-010091-PQR, no es vinculante, y así se manifestó en la misma.

4. En ocasión a lo anterior, se reitera que la respuesta dada por la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal NO corresponde a ninguna certificación; fallo o concepto definitivo, toda vez que esta cartera no es la llamada a certificar, investigar y/o sancionar causas referentes a inhabilidades por doble militancia.

5. Por lo anterior, se procederá con base en los hechos y el marco normativo vigente a dar traslado al Consejo Nacional Electoral y a la Sala de Servicio y Consulta Civil del Consejo de Estado.

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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