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Eutanasia en España
AFP

El director del Observatorio de Cuidados Paliativos de la Universidad El Bosque, Miguel Antonio Sánchez Cárdenas, aseguró que debería ser el Congreso de la República el que regule las prácticas de la eutanasia y el suicidio médicamente asistido.  

En diálogo con RCN Mundo, el experto precisó que “la Corte Constitucional ha asumido una tarea que puede ser compleja en el ordenamiento jurídico colombiano, porque a pesar de que ha venido emitiendo sentencias alrededor del concepto de muerte digna, es realmente al Congreso de la República a quién le corresponde la modificación por ejemplo del Código Penal colombiano”.  

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Es el Congreso de la República el que debería regular a través de leyes la práctica de la eutanasia, la práctica del suicidio medicamente asistido, la modificación del Código Penal colombiano. Durante alrededor de cuatro años, el Congreso lleva analizando proyectos de Ley en torno a estos temas, pero ante su lentitud y silencio, pues la Corte Constitucional toma decisiones”, agregó. 

Asimismo, dijo que “sí existen antecedentes en la jurisprudencia colombiana sobre la despenalización del suicidio, sobre el procedimiento eutanásico, pero efectivamente es el Congreso a quien le compete establecer los términos normativos”. 

Audio

(Audio) Miguel Sánchez, director del Observatorio de Cuidados Paliativos de la U. El Bosque, sobre suicidio asistido.

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Al Ministerio de Salud le compete regularlo, porque a pesar de que en Colombia la Corte Constitucional ha venido emitiendo fallos, hoy existe un gran vacío para la práctica médica sobre cómo debe hacerse”, aseguró. 

Sánchez mencionó que “la autonomía del paciente está desbordada por la jurisprudencia colombiana y nosotros no tenemos cómo garantizar un análisis objetivo y cuidadoso para ofrecerle lo mejor a ese paciente que por su condición de salud, puede estar atravesando por un proceso de crisis que necesite asistencia, cuidados paliativos, acompañamiento al paciente y la familia desde el sistema de salud antes de permitir la toma de decisiones que legítimamente puede tomar”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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