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Ministro del Interior, Guillermo Rivera
Ministro del Interior, Guillermo Rivera.
Foto: Colprensa

El ministro del Interior, Guillermo Rivera, señaló que el Gobierno Nacional demandará ante la Corte Constitucional el articulado de la ley de procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP),  que fue aprobado en la plenaria del Senado de la República, al considerar que va en contravía de la carta política.

En diálogo con RCN Radio, Rivera sostuvo que como quedó esta iniciativa, es la primera vez que en Colombia se aprueba una ley que prohíbe a los jueces la práctica de pruebas para tomar una decisión. 

Explicó que el Gobierno está de acuerdo con las mayorías del Congreso, en que la JEP no se puede pronunciar sobre la responsabilidad de la personas solicitadas en extradición, pero no comparte que se le restrinja a esta tribunal especial su labor judicial.

(Lea también: Cámara ratifica las modificaciones a la JEP propuestas por el uribismo)

"Los jueces se pronuncian a partir de pruebas, luego prohibirles a los jueces de la JEP, practicar pruebas para efectos de verificar si la fecha de la comisión de un conducta fue posterior o anterior a la firma del acuerdo de paz es convertirlos en notarios", dijo el ministro Rivera.  

En relación a esa práctica de pruebas, el Ministro del Interior indicó que los 120 días que se le otorgaron  a los magistrados para la toma de muchas de sus decisiones, -con el nuevo articulado-, prácticamente ya no serán necesarios, porque antes se asumía que era una función judicial y no como si actuarán como notarios.

"En ese orden de ideas, nos parece que el texto que había sido aprobado por la Cámara era ajustado a la Constitución, en tanto que el avalado por el Senado no es ajustado (...) Nos parece que este artículo desborda lo fijado por el articulo 19 transitorio de la Constitución", indicó el ministro Rivera. 

 

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Ministro del Interior, Guillermo Rivera, demandará el articulado de la ley aprobada en el Congreso

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En torno al artículo que congela la comparecencia de los miembros de la fuerza pública a la JEP, Rivera precisó que se convierte esa diligencia en una decisión voluntaria y no de carácter obligatorio como se había acordado.

"La Constitución mediante el acto legislativo 01 de 2017, señaló expresamente que la voluntariedad de la comparecencia ante la JEP  era solamente para los terceros y para los agentes del Estado no pertenecientes a la fuerza pública", aseguró. 

El ministro Rivera enfatizó  que una ley ordinaria como la aprobada en el Congreso  de la República, no puede volver en voluntario un tema que la constitución señala como obligatorio.

Fuente

Servicio Integrado de Información

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