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VACUNACIÓN CONTRA LA COVID
Vacunación contra la Covid en Bogotá.
Colprensa

El director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), Víctor Muñoz, resaltó este miércoles que el principio de la equidad es uno de los más importantes a tener en cuenta por las empresas privadas que adquirieron vacunas, a la hora de inmunizar a sus trabajadores.

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Muñoz recordó que los criterios son sanitarios y lo que se busca privilegiar es la protección de la vida de todos los colombianos.  

Recientemente se generó una polémica por el anuncio de la compañía Rappi, de vacunar a dos mil repartidores que serían priorizados entre quienes realizaran más órdenes. El anuncio ha sido criticado por varios sectores, e inclusos por los propios domiciliarios que calificaron de ‘discriminatoria’ esa decisión.  

"Recordemos que el proceso de vacunación se rige por un principio de equidad, uno de los principios que se trabajó con el sector privado desde el inicio, porque cuando se adquieren vacunas es para todos los niveles de la organización, porque mal haríamos si se autoriza su proceso adquisición de vacunas para la junta directiva o el nivel directivo y no se tienen en cuenta los trabajadores, por ejemplo, eso no está permitido", señaló el director del Dapre.  

Sin embargo, explicó que si bien la vacunación debe ser a la totalidad de la empresa, "es diferente si lo hace por etapas, o si lo que hicieron fue a comprar un primero lote y luego adquieren un segundo lote, o si va a ser progresivo, o si ya hay algunos de los empleados que han sido vacunados porque son mayores de 45 o tenía comorbilidades". 

No obstante, señaló que en casos como el de Rappi, "hay que entrar a analizar la información, porque no se tienen los datos como para prejuzgar o tener una aproximación de esta manera. Se le pidió al Ministerio de Salud para que a través de la Dirección de Prevención y Promoción, que directamente entre en una revisión con la empresa para entender la noticia que salió y cuál es el alcance, porque -recordemos- el principio es equidad y no puede haber un proceso de discriminación".  

El director del Dapre advirtió que es "muy importante entender cómo va a ser el proceso de asignación de esas 2000 dosis a la totalidad empleados. La pregunta es si ¿es a los empleados de mayor riesgo? ¿es a los empleados más expuestos? Los criterios son sanitarios y buscamos privilegiar la protección de la vida de todos los colombianos".  

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La Resolución 507 del 19 de abril de 2021 del Ministerio de Salud, donde se establecen los requisitos para la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra la covid-19, por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado, señala en el artículo 3.2 lo siguiente:  

“Las personas jurídicas de derecho privado o las personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado podrán establecer la priorización en la aplicación de las vacunas y no podrán excluir a ninguna persona que tenga que ellas algún vínculo contractual o laboral vigente y habite el territorio nacional”, se indica. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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