Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Centro carcelario
Centro carcelario
AFP (Referencia)

El Ministerio de Justicia ya tiene listo un borrador de decreto con el cual fija las reglas para una posible repatriación de colombianos que están presos en las cárceles de otros países, con el fin de que cumplan sus penas en el territorio nacional.

Este proyecto de decreto busca establecer las reglas y hoja de ruta para que estas personas sepan si pueden o no cumplir sus condenas en Colombia, mucho más cerca de sus familias.

Una de las primeras medidas que se ha pensado, es la creación de una Comisión para el Traslado Internacional De Personas Condenadas, que estaría conformada por la Cancillería, en Inpec y el Ministerio de Justicia.

Esta comisión se encargaría de estudiar las peticiones de colombianos condenados en el exterior y "tendrá como función estudiar, discutir, apoyar y recomendar al Ministro de Justicia y del Derecho sobre la decisión a tomar frente a las solicitudes de traslado sometidas a su consideración".

"con fundamento en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Colombia, en las regulaciones internas y en lo establecido en el presente Decreto", dice el decreto en uno de sus apartes. 

Además se fijan otras condiciones para el estudio de la solicitud como:

1. Que el condenado sea nacional del Estado Receptor.

2. Que la condena impuesta en el Estado Trasladante y que reste por cumplir en el Estado Receptor no sea de pena de muerte, de prisión perpetua o contraria al ordenamiento constitucional y legal colombiano.

3. Que la conducta atribuida al condenado constituya un delito en virtud de las leyes del Estado Receptor, aun cuando en el Estado Trasladante la denominación sea distinta.

4. Que los actos u omisiones que hayan dado lugar a la condena no sean de tipo político, militar o de lesa humanidad.

5. Que la sentencia impuesta contra el condenado se encuentre ejecutoriada, sin posibilidad de interponer recurso alguno.

6. Que las demás disposiciones de la sentencia, fuera de la privación de la libertad, hayan sido satisfechas o exoneradas por parte de la autoridad correspondiente del Estado Trasladante.

7. Que contra el condenado no existan otros procesos, trámites o procedimientos pendientes en el Estado Trasladante.

Según el Gobierno, “la posibilidad de trasladar personas condenadas y privadas de la libertad desde y hacia Colombia, (…) pretende contribuir a su bienestar, facilitando la rehabilitación social cerca de su núcleo familiar, en virtud de la situación de salud presentada”.

Los principales países donde hay colombianos presos son Estados Unidos, Ecuador, España, Venezuela, Panamá, Chile, México, Perú, Brasil, Argentina, Costa Rica, China, Honduras, Alemania, Australia y Guatemala, entre otros.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.