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Miguel Ceballos, comisionado de paz
Miguel Ceballos, comisionado de paz.
Cortesía: Presidencia

El Gobierno Nacional afirmó que el Presidente de la República, Iván Duque, no se extralimitó en sus funciones al objetar sesos artículos de la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz, JEP.

Miguel Ceballos, alto comisionado para la Paz, en respuesta a las críticas sobre la decisión de Duque frente al futuro de esa normativa, indicó que el mandatario está amparado por la ley para adoptar objeciones a la jurisdicción transicional.

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“La propia Constitución de Colombia, la ley y la Corte Constitucional, son quienes reconocen la posibilidad y el fuero que tiene el presidente Duque, para presentar objeciones a leyes estatutarias en materia de inconveniencia”, sostuvo Ceballos.

Y añadió “En el gobierno del presidente Santos fue usada esa figura, el entonces ministro de Justicia, presentó una objeción a una ley estatutaria y en ese momento nadie dudó de esa facultad”.

El Gobierno Nacional ya le entregó al Congreso las objeciones por inconveniencia que presentó el presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Aunque muchos no saben si existe un plazo perentorio para tomar una decisión sobre el tema, las directivas de la corporación tienen claro cuáles son los tiempos.

Según el secretario general del Senado, Gregorio Eljach, los parlamentarios tendrán máximo hasta diciembre de ese año para definir si aceptan o rechazan dichas objeciones.

“Hay una sola indicación de un plazo que es que las objeciones máximo se pueden demorar lo mismo que se demora el trámite de la respectiva ley”, señaló Eljach.

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Y afirmó: “Si es sobre una ley ordinaria, el plazo sería de dos años, si es una ley estatutaria, como es el caso de la JEP, hay plazo de hacerlo en dos periodos (dos semestres continuos) para tramitar las objeciones. No existe un plazo mínimo”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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