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Protestas en Bogotá, 21 de septiembre de 2020
Protestas en Bogotá, 21 de septiembre de 2020
Foto: Inaldo Pérez-Sistema Integrado Digital RCN Radio

Tras una reunión que fue convocada por el presidente de la República, Iván Duque, para analizar el fallo de Corte Suprema de Justicia sobre la protesta social, el ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo expuso la posición oficial del gobierno. 

Dijo que “las actuaciones de integrantes de la Fuerza Pública que en el marco de la protesta violen la ley, son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes y sobre ellos debe caer todo el peso de la ley”.

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Además que “el Gobierno Nacional solicitará respetuosamente a la Corte Constitucional la selección para la revisión del fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 22 de septiembre de 2020”.

En atención al numeral 4 de la parte resolutiva de la sentencia de tutela proferida el 22 de septiembre de 2020, por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, dijo que “la Fuerza Pública, en particular el ESMAD, no incurren en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019 en los que pudo existir exceso de la Fuerza Pública, corresponden a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos”.

En ese sentido, dijo que “esos comportamientos individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos, actualmente son objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes, quienes serán las llamadas a establecer, o no, la responsabilidad individual”.

El jefe de esa cartera de Defensa enfatizó en que “la manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política y esta se cumple dentro de la política de convivencia y seguridad ciudadana”.

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Agregó en que “la Fuerza Pública cuenta con protocolos ajustados a los estándares internacionales sobre los Derechos Humanos, para proteger la vida, derechos y libertades, la integridad, bienes y honra de los residentes en Colombia. Estos incluyen los derechos de las personas que participan en las manifestaciones públicas y pacíficas, así como los de quienes no lo hacen”.

Además que la actuación del ESMAD se produce exclusivamente “ante las acciones violentas e irracionales que constituyen delito, atentan contra los derechos de las personas y no son manifestaciones pacíficas”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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