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Cadena perpetua para violadores pasa su primer debate en el Congreso
Cadena perpetua para violadores pasa su primer debate en el Congreso
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En la Comisión Primera de Cámara fue radicada la ponencia del proyecto de acto legislativo que busca la implementación de la prisión perpetua en Colombia para violadores y homicidas de niñas y niños.

Los representantes Adriana Matiz, César Lorduy, José Jaime Uscategui y Harry González presentaron el texto que será debatido en las próximas semanas y que modificaría el artículo 34 de la constitución política.

En  contextoRadicado proyecto de cadena perpetua para violadores

De acuerdo a la ponencia, se busca aprobar el proyecto de acto legislativo por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la pena privativa perpetua y estableciendo la represión perpetua revisable, en memoria de la fallecida congresista Gilma Jiménez.

El representante César Lorduy, uno de los ponentes de la iniciativa, señala que desde el 2007  han presentado once proyectos de ley que  pretenden imponer la prisión perpetua para violadores y homicidas de niños.

"Once proyectos de ley que buscan modificar el artículo 34 de la Constitución que prohíbe la prisión perpetua. Yo creo que ya es hora que la sociedad colombiana representada en el Congreso de la República tome una medida, drástica, fuerte (y) preventiva para que este tipo de conductas no se puede tolerar", señaló el congresista.

Con la firma de más de 30 congresistas de todos los partidos políticos, presentaron el pasado 20 de julio el proyecto de ley que busca implementar la pena de prisión perpetua para los violadores de niños.

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Según el texto de la iniciativa, el artículo 34 de la Constitución Política en su enciso tres y cuatro quedará:

De manera excepcional, cuando se cometan los delitos de homicidio doloso, secuestro, tortura, acceso carnal o actos sexuales abusivos con menores de 14 años; se puede poner hasta la primera de prisión perpetua".

Sin embargo, la misma reforma constitucional señala que, en todo caso, la pena será revisable en un plazo de 30 años, en los términos que establezca la ley.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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