Judicatura negó medida cautelar sobre debate de la JEP en Cámara
La Judicatura le dio 24 horas al presidente de la Cámara para que responda la acción en contra de esa corporación legislativa.

Fue admitida la tutela contra la Cámara de Representantes que interpuso el presidente del Congreso, Ernesto Macias, por haber debatido aparentemente de manera irregular las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la JEP.
Sin embargo, el magistrado de la Judicatura seccional de Bogotá, Mauricio Martínez Sánchez, quien conocerá de la acción judicial, negó la medida provisional solicitada por el senador Macias que buscaba dejar sin efectos la decisión adoptada.
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Cabe recordar que en el debate realizado por este tema, la Cámara de Representantes rechazó las objeciones presidenciales de la JEP.
El argumento del magistrado sobre la negación de las medidas cautelares solicitadas por el presidente del Congreso, tiene que ver con que podría darse una decisión de fondo al ser admitida la solicitud de esa medida provisional y la tutela aún no se ha resuelto.
Para tales efectos, el magistrado Mauricio Martínez le dio un plazo de 24 horas a partir de la notificación del auto de admisión de la tutela, para que el presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Carlos Chacón, responda sobre la acción.
El presidente del Senado, Ernesto Macías, radicó el pasado martes ante la Judicatura Seccional de Bogotá una tutela con la que busca recular el debate de las objeciones presidencial a la JEP en la Cámara de Representantes, que rechazó esos reparos a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz.
"Los artículos 165 y 167 de la Constitución ordenan que el proyecto debe tramitarse primero la cámara de origen y esa es el Senado, tanto así que aquí reposa todo el expediente de la ley y de aquí no ha salido, está en la secretaría general y allí ha permanecido", indicó Macías.
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Ante estos argumentos, la oposición manifestó que no están fundamentados porque la ley estatutaria de la JEP fue un proyecto de ley que se tramitó bajo el sistema fast track (mecanismo de debates simplificados) que avaló la misma Corte Constitucional.
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