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Luis Carlos Galán y Gloria Pachón
Luis Carlos Galán y Gloria Pachón.
Colprensa

Después de dos meses de tomar la decisión de revivir al partido Nuevo Liberalismo, la Corte Constitucional publicó el fallo completo con la firma de todos los magistrados.

En la decisión se leen varios efectos claves. El primero es que la Corte ordena que el partido Nuevo Liberalismo conserve su personería jurídica hasta 2026, ya que la sentencia a su favor toma efectos en pleno calendario electoral.

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También advierte que el congresista Rodrigo Lara se salvaría de una posible doble militancia si se lanza a la candidatura presidencial por ese partido, pues la decisión dice que la excepción de renuncia a otros partidos solamente cobija a quienes fueron fundadores o directivos del Nuevo Liberalismo entre 1980 y 1988.

“Quedarán exceptuados de la obligación de haber renunciado a la curul que actualmente ocupan en representación de otros partidos, al menos con 12 meses antes del primer día de inscripción, quienes fueron sus fundadores, integrantes de sus cuerpos directivos o elegidos a corporaciones públicas como candidatos de ese Partido entre 1980 y 1988”, dice uno de los apartes del fallo.

Ese tribunal también advirtió que de esa regla también están exentos “quienes mantuvieron una relación directa y públicamente reconocida con el Partido Nuevo Liberalismo (esta última acreditada por el Consejo Nacional del Nuevo Liberalismo) y ahora aspiren a ser elegidos en representación de ese partido en las elecciones a celebrarse en 2022”.

En ese sentido, entre las personas reconocidas están Fernando Galindo González como director del Partido y Andrés Ignacio Talero Gutiérrez como representante legal.

La Corte Constitucional asegura que en la medida en que muchos de los dirigentes que estaban registrados en 1988 han fallecido y es necesario activar al Partido para garantizar su participación política, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá reconocer a quienes presentaron la tutela que revivió la organización.

Ellos son Gloria Pachón de Galán, Cecilia Fajardo Castro, Beatriz Góngora de García, Rafael Amador Campos, Andrés Talero Gutiérrez, José Blackburn Cortés, Rubén Darío Ramírez y José Encarnación Corredor Núñez.

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Cumplieron roles dentro de la estructura del partido en los órganos de gobierno, administración, vigilancia y asesoría y en algunos casos, como congresistas elegidos para los respectivos períodos constitucionales en representación de ese partido político, como miembros activos de las directivas del Partido Nuevo Liberalismo”, destaca otro de los apartes del fallo.

Otro punto clave de la sentencia es que el Nuevo Liberalismo puede mantener sus Estatutos, el Código de Ética, los símbolos originales, insignias y logotipos para las próximas elecciones, además de poder hacer coaliciones con otros partidos y movimientos políticos.

“Dentro de los seis meses siguientes a las elecciones que se cumplan en 2022, los representantes legales de las organizaciones políticas a las que se les aplique esta providencia, deben actualizar conforme a la regulación vigente, someter a aprobación de su respectiva Convención Nacional y ulteriormente registrar los nuevos Estatutos, Código de Ética y demás documentos, los cuales a su vez deben cumplir e incluir como contenido mínimo, el nombre y símbolos”, señala el fallo.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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