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Registraduría y Consejo Nacional Electoral
RCN Radio

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado respondió el concepto que habían pedido el Gobierno nacional y el Congreso de la República frente al galimatías jurídico que existe en torno a la elección del nuevo magistrado del Consejo Nacional Electoral, tras el fallecimiento de Heriberto Sanabria.

En el documento, el alto tribunal afirma que tras la falta absoluta de uno de los miembros del CNE, es necesario que se convoque una sesión del Congreso en pleno para elegir al nuevo funcionario.

“Ante la falta absoluta de un miembro del Consejo Nacional Electoral, por muerte u otra razón, es necesario que el Congreso de la República en pleno efectúe una nueva elección para remplazar a quien deba ocupar el cargo vacante”, indica el concepto. 

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Además, señala que los partidos políticos están en total libertad de elegir a la persona que quieran y no necesariamente deben apegarse a los nombres que estuvieron en la lista de elegibles que se presentó hace un año.

“Para la postulación de los candidatos, la coalición respectiva o, en su defecto, los  partidos y movimientos políticos que la integraban, se encuentran en la libertad de acogerse a la misma «lista» que en su momento presentaron, de reconfigurarla, total o parcialmente, o de presentar nuevos candidatos, pues ni la Constitución ni la ley establecen restricciones en este punto”, indica.

Además, el Consejo de Estado es claro en que ninguno de los candidatos que estuvieron en la plancha que se conformó para elegir a los magistrados, puede alegar que tiene derecho a asumir el cargo cuando se presenta una falta absoluta.

“En esa medida, resulta claro que los candidatos no elegidos que aparezcan en las listas con base en las cuales se hace la designación de los miembros del Consejo Electoral no pueden alegar válidamente que tengan un derecho subjetivo – ni una expectativa legítima – para ser llamados a ocupar el respectivo cargo, en la eventualidad de que alguno de los integrantes elegidos, con fundamento en la misma lista, fallezca o falte de manera absoluta, por alguna otra razón”, enfatiza el documento.  

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Con esta aclaración se abre una nueva duda jurídica sobre si es realmente es válida o no la actuación del abogado Hollman Ibáñez, quien se posesionó a la fuerza como magistrado del CNE, alegando que era el siguiente en la lista para ocupar ese cargo.

De hecho, el jurista presentó una tutela e interpuso algunas acciones judiciales en contra de las directivas del tribunal electoral, argumentando que se le está violando el derecho que tiene de ingresar a las instalaciones de la corporación y de participar en las reuniones de sala plena.

La mesa directiva del Congreso de la República tendrá que tomar una decisión en los próximos días y determinar si llama a las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes para elegir al nuevo magistrado del Consejo Nacional Electoral.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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